Las secretarías de Energía y de Economía publicaron el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de Hidrocarburos y Petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Sener.
La publicación, reforma los anexos I y II del acuerdo publicado en 2014 donde se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos sujetos a permiso previo.
Quedando de la siguiente manera:
ANEXO I
MERCANCÍAS CUYA IMPORTACIÓN ESTÁ SUJETA AL REQUISITO DE PERMISO PREVIO DE IMPORTACIÓN POR PARTE DE LA SENER |
|
Fracción Arancelaria TIGIE |
Descripción |
2709.00.02 | Pesados. |
2709.00.03 | Medianos. |
2709.00.04 | Ligeros. |
2709.00.99 | Los demás. |
Únicamente: Aceites crudos de petróleo. | |
2710.12.03 | Gasolina para aviones. |
2710.12.08 | Gasolina con octanaje inferior a 87. |
2710.12.09 | Gasolina con octanaje superior o igual a 87 pero inferior a 92. |
2710.12.10 | Gasolina con octanaje superior o igual a 92 pero inferior a 95. |
2710.12.91 | Las demás gasolinas. |
2710.19.08 | Turbosina (keroseno, petróleo lampante) y sus mezclas. |
2710.19.09 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con contenido de azufre inferior o igual a 15 ppm. |
2710.19.10 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con un contenido de azufre superior a 15 ppm pero inferior o igual a 500 ppm. |
2710.19.91 | Los demás aceites diéseles (gasóleos) y sus mezclas. |
2711.19.01 | Butano y propano, mezclados entre sí, licuados. |
ANEXO II
MERCANCÍAS CUYA EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA AL REQUISITO DE PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN POR PARTE DE LA SENER |
|
Fracción Arancelaria TIGIE |
Descripción |
2709.00.02 | Pesados. |
2709.00.03 | Medianos. |
2709.00.04 | Ligeros. |
2709.00.99 | Los demás. |
Únicamente: Aceites crudos de petróleo. | |
2710.12.03 | Gasolina para aviones. |
2710.12.08 | Gasolina con octanaje inferior a 87. |
2710.12.09 | Gasolina con octanaje superior o igual a 87 pero inferior a 92. |
2710.12.10 | Gasolina con octanaje superior o igual a 92 pero inferior a 95. |
2710.12.91 | Las demás gasolinas. |
2710.19.05 | Fueloil (combustóleo). |
2710.19.08 | Turbosina (keroseno, petróleo lampante) y sus mezclas. |
2710.19.09 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con contenido de azufre inferior o igual a 15 ppm. |
2710.19.10 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con un contenido de azufre superior a 15 ppm pero inferior o igual a 500 ppm. |
2710.19.91 | Los demás aceites diéseles (gasóleos) y sus mezclas. |
2711.11.01 | Gas natural (licuado). |
2711.19.01 | Butano y propano, mezclados entre sí, licuados. |
2711.21.01 | Gas natural (gaseoso). |
Las secretarías de Energía y de Economía publicaron el día de ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de Hidrocarburos y Petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Sener.
La publicación, reforma los anexos I y II del acuerdo publicado en 2014 donde se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos sujetos a permiso previo.
Quedando de la siguiente manera:
ANEXO I
MERCANCÍAS CUYA IMPORTACIÓN ESTÁ SUJETA AL REQUISITO DE PERMISO PREVIO DE IMPORTACIÓN POR PARTE DE LA SENER |
|
Fracción Arancelaria TIGIE |
Descripción |
2709.00.02 | Pesados. |
2709.00.03 | Medianos. |
2709.00.04 | Ligeros. |
2709.00.99 | Los demás. |
Únicamente: Aceites crudos de petróleo. | |
2710.12.03 | Gasolina para aviones. |
2710.12.08 | Gasolina con octanaje inferior a 87. |
2710.12.09 | Gasolina con octanaje superior o igual a 87 pero inferior a 92. |
2710.12.10 | Gasolina con octanaje superior o igual a 92 pero inferior a 95. |
2710.12.91 | Las demás gasolinas. |
2710.19.08 | Turbosina (keroseno, petróleo lampante) y sus mezclas. |
2710.19.09 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con contenido de azufre inferior o igual a 15 ppm. |
2710.19.10 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con un contenido de azufre superior a 15 ppm pero inferior o igual a 500 ppm. |
2710.19.91 | Los demás aceites diéseles (gasóleos) y sus mezclas. |
2711.19.01 | Butano y propano, mezclados entre sí, licuados. |
ANEXO II
MERCANCÍAS CUYA EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA AL REQUISITO DE PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN POR PARTE DE LA SENER |
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Fracción Arancelaria TIGIE |
Descripción |
2709.00.02 | Pesados. |
2709.00.03 | Medianos. |
2709.00.04 | Ligeros. |
2709.00.99 | Los demás. |
Únicamente: Aceites crudos de petróleo. | |
2710.12.03 | Gasolina para aviones. |
2710.12.08 | Gasolina con octanaje inferior a 87. |
2710.12.09 | Gasolina con octanaje superior o igual a 87 pero inferior a 92. |
2710.12.10 | Gasolina con octanaje superior o igual a 92 pero inferior a 95. |
2710.12.91 | Las demás gasolinas. |
2710.19.05 | Fueloil (combustóleo). |
2710.19.08 | Turbosina (keroseno, petróleo lampante) y sus mezclas. |
2710.19.09 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con contenido de azufre inferior o igual a 15 ppm. |
2710.19.10 | Aceite diésel (gasóleo) y sus mezclas, con un contenido de azufre superior a 15 ppm pero inferior o igual a 500 ppm. |
2710.19.91 | Los demás aceites diéseles (gasóleos) y sus mezclas. |
2711.11.01 | Gas natural (licuado). |
2711.19.01 | Butano y propano, mezclados entre sí, licuados. |
2711.21.01 | Gas natural (gaseoso). |