Pemex Etileno deberá buscar y dar a conocer el dictamen o cualquier documento en el que se detallen las causas y consecuencias de la explosión del 20 de abril del 2016, en la Planta Clorados III del complejo petroquímico ”Pajaritos” de Coatzacoalcos, Veracruz, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez recordó que en dicha explosión murieron 32 trabajadores y más de 130 resultaron heridos, incidente que tuvo múltiples repercusiones en Mundo Nuevo, poblado cercano, donde algunas familias abandonaron la comunidad, después de que la planta fue cerrada.
“Además, de acuerdo con una investigación independiente de Greenpeace México, después del incidente en Coatzacoalcos, el agua contiene sustancias tóxicas, algunas de ellas cancerígenas. El agua contaminada afecta el ecosistema de la región y daña la salud de las personas”, expuso.
Salas Suárez señaló que el acceso a la información solicitada, permitirá conocer las medidas de seguridad que Pemex Etileno implementará para evitar que este tipo de eventos se repitan en el futuro.
“La información sobre las causas y consecuencias, puede ayudar a los afectados por la explosión, así como a la sociedad en su conjunto, a clarificar las competencias de cada responsable, para que cada uno demuestre que las cumplieron, que hicieron lo correspondiente para contribuir a reparar los daños y que se coordinaron para prevenir que se repitan incidentes de este tipo en “Pajaritos” y otros lugares del país, salvaguardando vidas humanas, protegiendo los derechos laborales y cuidando los recursos públicos”, subrayó el comisionado.
En respuesta al particular que solicitó la información, el sujeto obligado, a través de su Dirección General, indicó que, tras una búsqueda, el resultado fue la inexistencia.
Aunado a ello, dijo, la Planta Clorados III es propiedad de la empresa Petroquímica Mexicana de Vinilo (PMV), sociedad mercantil privada, por ello, el Comité de Transparencia de Pemex Etileno confirmó la inexistencia de la información solicitada.
Inconforme con la inexistencia, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, Pemex Etileno reiteró su respuesta original.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez, consideró que el sujeto
obligado no atendió la solicitud de mérito en términos de la normatividad aplicable, ya que, derivado de una búsqueda pública de información, se localizó el Dictamen con Punto de Acuerdo emitido por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el que se exhorta a Pemex a presentar un informe detallado sobre las causas y consecuencias de la explosión del 20 de abril del 2016, en la Planta Clorados III del complejo petroquímico ”Pajaritos”.
Se recordó que Petróleos Mexicanos es una empresa productiva del Estado mexicano y cuenta con diversas empresas productivas subsidiarias, quienes a pesar de contar con personalidad jurídica y patrimonio propios, se encuentran sujetas a la conducción, dirección y coordinación de Pemex.
Además, se precisó que Petróleos Mexicanos cuenta con diversas unidades administrativas que se encargan de las acciones tendientes a proporcionar la seguridad física integral del personal, instalaciones y de sus empresas productivas subsidiarias, manteniendo coordinación con éstas.
En ese sentido, para cumplir con lo anterior, Pemex Etileno como empresa subsidiaria, cuenta con diversas unidades administrativas a las que les corresponde coordinar las actividades con Pemex sobre la administración de los riesgos a las instalaciones, a las personas, al medio ambiente y a la comunidad, relacionados con sus operaciones, en las plantas de proceso y de servicios auxiliares.
Por lo tanto, se apuntó, la Gerencia de Producción y la Gerencia de Confiabilidad y Mantenimiento de Pemex Etileno, pueden ser competentes para conocer del informe detallado al que fue instruido Pemex a entregar ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Por lo anterior, a propuesta del comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI revocó la respuesta de Pemex Etileno y le instruyó a realizar una nueva búsqueda en sentido amplio del dictamen o cualquier documento en el que se detallen las causas y consecuencias de la explosión del 20 de abril del 2016 en la Planta Clorados III del complejo ”Pajaritos”, en Coatzacoalcos, Veracruz.
En la referida búsqueda no podrá omitir a la Dirección General, la Gerencia de Producción y la Gerencia de Confiabilidad y Mantenimiento de Pemex Etileno, y una vez localizada la información, deberá entregarla al particular.
Pemex Etileno deberá buscar y dar a conocer el dictamen o cualquier documento en el que se detallen las causas y consecuencias de la explosión del 20 de abril del 2016, en la Planta Clorados III del complejo petroquímico ”Pajaritos” de Coatzacoalcos, Veracruz, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez recordó que en dicha explosión murieron 32 trabajadores y más de 130 resultaron heridos, incidente que tuvo múltiples repercusiones en Mundo Nuevo, poblado cercano, donde algunas familias abandonaron la comunidad, después de que la planta fue cerrada.
“Además, de acuerdo con una investigación independiente de Greenpeace México, después del incidente en Coatzacoalcos, el agua contiene sustancias tóxicas, algunas de ellas cancerígenas. El agua contaminada afecta el ecosistema de la región y daña la salud de las personas”, expuso.
Salas Suárez señaló que el acceso a la información solicitada, permitirá conocer las medidas de seguridad que Pemex Etileno implementará para evitar que este tipo de eventos se repitan en el futuro.
“La información sobre las causas y consecuencias, puede ayudar a los afectados por la explosión, así como a la sociedad en su conjunto, a clarificar las competencias de cada responsable, para que cada uno demuestre que las cumplieron, que hicieron lo correspondiente para contribuir a reparar los daños y que se coordinaron para prevenir que se repitan incidentes de este tipo en “Pajaritos” y otros lugares del país, salvaguardando vidas humanas, protegiendo los derechos laborales y cuidando los recursos públicos”, subrayó el comisionado.
En respuesta al particular que solicitó la información, el sujeto obligado, a través de su Dirección General, indicó que, tras una búsqueda, el resultado fue la inexistencia.
Aunado a ello, dijo, la Planta Clorados III es propiedad de la empresa Petroquímica Mexicana de Vinilo (PMV), sociedad mercantil privada, por ello, el Comité de Transparencia de Pemex Etileno confirmó la inexistencia de la información solicitada.
Inconforme con la inexistencia, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, Pemex Etileno reiteró su respuesta original.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez, consideró que el sujeto
obligado no atendió la solicitud de mérito en términos de la normatividad aplicable, ya que, derivado de una búsqueda pública de información, se localizó el Dictamen con Punto de Acuerdo emitido por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el que se exhorta a Pemex a presentar un informe detallado sobre las causas y consecuencias de la explosión del 20 de abril del 2016, en la Planta Clorados III del complejo petroquímico ”Pajaritos”.
Se recordó que Petróleos Mexicanos es una empresa productiva del Estado mexicano y cuenta con diversas empresas productivas subsidiarias, quienes a pesar de contar con personalidad jurídica y patrimonio propios, se encuentran sujetas a la conducción, dirección y coordinación de Pemex.
Además, se precisó que Petróleos Mexicanos cuenta con diversas unidades administrativas que se encargan de las acciones tendientes a proporcionar la seguridad física integral del personal, instalaciones y de sus empresas productivas subsidiarias, manteniendo coordinación con éstas.
En ese sentido, para cumplir con lo anterior, Pemex Etileno como empresa subsidiaria, cuenta con diversas unidades administrativas a las que les corresponde coordinar las actividades con Pemex sobre la administración de los riesgos a las instalaciones, a las personas, al medio ambiente y a la comunidad, relacionados con sus operaciones, en las plantas de proceso y de servicios auxiliares.
Por lo tanto, se apuntó, la Gerencia de Producción y la Gerencia de Confiabilidad y Mantenimiento de Pemex Etileno, pueden ser competentes para conocer del informe detallado al que fue instruido Pemex a entregar ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Por lo anterior, a propuesta del comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI revocó la respuesta de Pemex Etileno y le instruyó a realizar una nueva búsqueda en sentido amplio del dictamen o cualquier documento en el que se detallen las causas y consecuencias de la explosión del 20 de abril del 2016 en la Planta Clorados III del complejo ”Pajaritos”, en Coatzacoalcos, Veracruz.
En la referida búsqueda no podrá omitir a la Dirección General, la Gerencia de Producción y la Gerencia de Confiabilidad y Mantenimiento de Pemex Etileno, y una vez localizada la información, deberá entregarla al particular.