Por: Ayax Gutiérrez Villascán.
Estos conceptos nos permiten comprender la dinámica que se da en el desarrollo de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos. Primero es necesario contextualizar que las migraciones derivan de las asignaciones que se otorgan a Pemex o de los Contratos Integrales de Exploración y Producción (CIEPs) y los Contratos de Obra Pública Financiada (COPFs) suscritos previo a la Reforma Energética de 2013. Partiendo de esto, Pemex puede asociarse con inversionistas para llevar a cabo las actividades de exploración y extracción de las áreas que le sean asignadas de manera más eficiente.
No debemos confundir la migración en términos técnico-petroleros a la migración como instrumento jurídico estipulado en la reciente reforma energética. Técnicamente, la migración es el movimiento de aceite y/o gas en los poros y/o discontinuidades de las rocas (porosidad primaria y secundaria) en el interior de la corteza terrestre. Mientras que como instrumento jurídico implica el cambio de una asignación o de los CIEPs y COPFs aún vigentes; a un contrato petrolero de exploración y extracción de hidrocarburos del esquema actual de contratación petrolera.
Originalmente Pemex realizó estudios y determinó las áreas que podrían ser migradas a CEE. Es así que programó la migración de esas áreas en dos fases. La primera incluía las áreas que operaban bajo CIEPs y COPFs y la segunda conforme a las áreas que se le asignaron en la ronda cero y buscaba realizar farm-outs.
A través de los farm-outs las compañías pueden establecer asociaciones con Pemex mediante procesos de licitación para potenciar el desarrollo de los campos y áreas asignadas a la Empresa Productiva del Estado mediante la Ronda Cero. Dichas migraciones deben presentar los beneficios para el Estado en términos de producción, inversión y reservas. Pemex ha solicitado la migración (farm-out) de 14 campos asignados hacia 8 nuevos contratos.
Es necesario recalcar que esta práctica del farm-out es muy recurrida en la industria petrolera, y se utiliza para la adquisición de derechos sobre áreas de exploración y extracción de hidrocarburos entre empresas petroleras estatales o privadas. El complemento del farm-out es el farm-in, este último es el interés de una empresa petrolera por “entrar” a ser parte socia del proyecto petrolero de otra empresa; la parte que “entra o llega” al proyecto se le conoce como farmee, y se compromete a asumir cierta porción del costo de los trabajos petroleros. Y la otra parte que es la empresa dueña inicialmente y creadora del proyecto, se le denomina farmor, quien a cambio de otorgar cierta porción de sus derechos, recibe apoyo económico y financiero, además de ver reducidos sus riesgos petroleros al dividirlos con la otra parte.
Los beneficios para el cedente o farmor son: la diversificación del riesgo y la creación de un grupo más sólido como titular de los derechos petroleros. Para el cesionario o farmee son: obtener diversificación de sus portafolios de inversión y obtener áreas petroleras de forma más económica y con menor riesgo.
El farm-in/out, es la cesión parcial de derechos de exploración y extracción en favor de un tercero que abonará por esos derechos un precio en especio o dinero, destinado a llevar a cabo las tareas petrolera para el desarrollo de hidrocarburos. Las operaciones farm-in/out pueden darse tanto en la etapa exploratoria, durante la evaluación o incluso en la fase de desarrollo de hidrocarburos en un yacimiento y en algunos casos este debe ser declarado comercialmente recuperable para que la transacción surta efectos.
A manera de ejemplo manifestamos que Pemex al buscar socio petrolero realiza farm-out, y la empresa petrolera que se interesa en entrar al proyecto de Pemex para asociarse con él realiza farm-in.
Con base en lo anterior, la migración de CIEPs y COPFs y los farm-outs permitirán a PEMEX establecer alianzas más efectivas con petroleras nacionales o internacionales para allegarse del capital y la tecnología necesarios para aprovechar sus recursos de manera óptima, estabilizar su nivel de producción y acelerar el ritmo de restitución de reservas.
Las asociaciones de Pemex con otras compañías petroleras ya sea que deriven de asignaciones o licitaciones para contratos petroleros, se regulan anexamente con los acuerdos de operación conjunta o joint operating agreements (JOAs por sus siglas en inglés). Un JOA es un acuerdo en el cual dos o más partes se comprometen en tareas conjuntas para explorar y extraer un área de hidrocarburos.
En los siguientes cuadros se muestran las partes, objetivo, y características del JOA.
El ejemplo más reciente del tema de asociaciones y JOA se ve reflejado en el bloque Trion, cuando en julio de 2016 se emitió la primera convocatoria de licitación de asociación. Se buscó atraer a empresas operadoras solventes, con capacidad probada y experiencia en aguas ultra profundas con la finalidad de encontrar un socio para Pemex y forjar una alianza estratégica con esta EPE para que conjuntamente operaran un campo petrolero en estas profundidades marinas.
En el siguiente esquema, detallaremos las características y diferencias entre la migración y la asociación.
FUENTES DE CONSULTA:
- Cfr. Lamanna, Darío G., Aspectos jurídicos y contractuales de la industria petrolera, México, LID, 2017, pp. 59-60.
- Comisión Nacional de Hidrocarburos, Bóveda Digital. Contratos de Asociaciones con Petróleos Mexicanos, recuperado de https://www.gob.mx/cnh/documentos/boveda-digital-contratos-de-asociaciones-con-petroleos-mexicanos, Migraciones sin socio de Petróleos Mexicanos, recuperado de https://www.gob.mx/cnh/documentos/migraciones-petroleos-mexicanos y Migraciones con socio de Petróleos Mexicanos, recuperado de https://www.gob.mx/cnh/documentos/migraciones-con-socio-de-petroleos-mexicanos?idiom=es
Por: Ayax Gutiérrez Villascán.
Estos conceptos nos permiten comprender la dinámica que se da en el desarrollo de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos. Primero es necesario contextualizar que las migraciones derivan de las asignaciones que se otorgan a Pemex o de los Contratos Integrales de Exploración y Producción (CIEPs) y los Contratos de Obra Pública Financiada (COPFs) suscritos previo a la Reforma Energética de 2013. Partiendo de esto, Pemex puede asociarse con inversionistas para llevar a cabo las actividades de exploración y extracción de las áreas que le sean asignadas de manera más eficiente.
No debemos confundir la migración en términos técnico-petroleros a la migración como instrumento jurídico estipulado en la reciente reforma energética. Técnicamente, la migración es el movimiento de aceite y/o gas en los poros y/o discontinuidades de las rocas (porosidad primaria y secundaria) en el interior de la corteza terrestre. Mientras que como instrumento jurídico implica el cambio de una asignación o de los CIEPs y COPFs aún vigentes; a un contrato petrolero de exploración y extracción de hidrocarburos del esquema actual de contratación petrolera.
Originalmente Pemex realizó estudios y determinó las áreas que podrían ser migradas a CEE. Es así que programó la migración de esas áreas en dos fases. La primera incluía las áreas que operaban bajo CIEPs y COPFs y la segunda conforme a las áreas que se le asignaron en la ronda cero y buscaba realizar farm-outs.
A través de los farm-outs las compañías pueden establecer asociaciones con Pemex mediante procesos de licitación para potenciar el desarrollo de los campos y áreas asignadas a la Empresa Productiva del Estado mediante la Ronda Cero. Dichas migraciones deben presentar los beneficios para el Estado en términos de producción, inversión y reservas. Pemex ha solicitado la migración (farm-out) de 14 campos asignados hacia 8 nuevos contratos.
Es necesario recalcar que esta práctica del farm-out es muy recurrida en la industria petrolera, y se utiliza para la adquisición de derechos sobre áreas de exploración y extracción de hidrocarburos entre empresas petroleras estatales o privadas. El complemento del farm-out es el farm-in, este último es el interés de una empresa petrolera por “entrar” a ser parte socia del proyecto petrolero de otra empresa; la parte que “entra o llega” al proyecto se le conoce como farmee, y se compromete a asumir cierta porción del costo de los trabajos petroleros. Y la otra parte que es la empresa dueña inicialmente y creadora del proyecto, se le denomina farmor, quien a cambio de otorgar cierta porción de sus derechos, recibe apoyo económico y financiero, además de ver reducidos sus riesgos petroleros al dividirlos con la otra parte.
Los beneficios para el cedente o farmor son: la diversificación del riesgo y la creación de un grupo más sólido como titular de los derechos petroleros. Para el cesionario o farmee son: obtener diversificación de sus portafolios de inversión y obtener áreas petroleras de forma más económica y con menor riesgo.
El farm-in/out, es la cesión parcial de derechos de exploración y extracción en favor de un tercero que abonará por esos derechos un precio en especio o dinero, destinado a llevar a cabo las tareas petrolera para el desarrollo de hidrocarburos. Las operaciones farm-in/out pueden darse tanto en la etapa exploratoria, durante la evaluación o incluso en la fase de desarrollo de hidrocarburos en un yacimiento y en algunos casos este debe ser declarado comercialmente recuperable para que la transacción surta efectos.
A manera de ejemplo manifestamos que Pemex al buscar socio petrolero realiza farm-out, y la empresa petrolera que se interesa en entrar al proyecto de Pemex para asociarse con él realiza farm-in.
Con base en lo anterior, la migración de CIEPs y COPFs y los farm-outs permitirán a PEMEX establecer alianzas más efectivas con petroleras nacionales o internacionales para allegarse del capital y la tecnología necesarios para aprovechar sus recursos de manera óptima, estabilizar su nivel de producción y acelerar el ritmo de restitución de reservas.
Las asociaciones de Pemex con otras compañías petroleras ya sea que deriven de asignaciones o licitaciones para contratos petroleros, se regulan anexamente con los acuerdos de operación conjunta o joint operating agreements (JOAs por sus siglas en inglés). Un JOA es un acuerdo en el cual dos o más partes se comprometen en tareas conjuntas para explorar y extraer un área de hidrocarburos.
En los siguientes cuadros se muestran las partes, objetivo, y características del JOA.
El ejemplo más reciente del tema de asociaciones y JOA se ve reflejado en el bloque Trion, cuando en julio de 2016 se emitió la primera convocatoria de licitación de asociación. Se buscó atraer a empresas operadoras solventes, con capacidad probada y experiencia en aguas ultra profundas con la finalidad de encontrar un socio para Pemex y forjar una alianza estratégica con esta EPE para que conjuntamente operaran un campo petrolero en estas profundidades marinas.
En el siguiente esquema, detallaremos las características y diferencias entre la migración y la asociación.
FUENTES DE CONSULTA:
- Cfr. Lamanna, Darío G., Aspectos jurídicos y contractuales de la industria petrolera, México, LID, 2017, pp. 59-60.
- Comisión Nacional de Hidrocarburos, Bóveda Digital. Contratos de Asociaciones con Petróleos Mexicanos, recuperado de https://www.gob.mx/cnh/documentos/boveda-digital-contratos-de-asociaciones-con-petroleos-mexicanos, Migraciones sin socio de Petróleos Mexicanos, recuperado de https://www.gob.mx/cnh/documentos/migraciones-petroleos-mexicanos y Migraciones con socio de Petróleos Mexicanos, recuperado de https://www.gob.mx/cnh/documentos/migraciones-con-socio-de-petroleos-mexicanos?idiom=es