La Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (ONEXPO) lamentó que la propuesta pueda resultar en un ejercicio adicional de sobrerregulación que proyecten incertidumbre y desconfianza.
“Aplicar la prisión preventiva oficiosa a empresarios gasolineros legalmente constituidos -que respetan las leyes y normas- como medida para garantizar la comparecencia de personas imputadas en un juicio, carece de justificación, ya que el imputado no tiene la capacidad de sustraerse de la acción de la justicia, ni manifiesta una conducta que haga presumible su riesgo social, equiparable a la delincuencia organizada, toda vez que las estaciones de servicio en su gran mayoría son sociedades patrimoniales”, aseguró la empresa en un comunicado.
La Comisión de Justicia de Cámara de Diputados aprobó el 25 de septiembre el Dictamen de las Iniciativas que reforman y adicionan el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y un párrafo del Artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburos, que propone la prisión preventiva oficiosa para sancionar conductas involuntarias y no dolosas, muchas de ellas de carácter técnico o fallas a consecuencia de la operación cotidiana de las estaciones de servicio.
La Onexpo aseguró que los empresarios están consciente de que se deben de aplicar medidas dirigidas a combatir y evitar el robo de hidrocarburos.
En su opinión el dictamen presentado por los legisladores, pretende equiparar las fallas técnicas y alteraciones no dolosas ni intencionales de los sistemas de medición o de la calidad de los combustibles con acciones propias del mercado Ilícito de combustibles, conocido como “Huachicol”, sin considerar la dimensión de la afectación, ni tomar en cuenta fenómenos presentes propios del mercado y de las transacciones entre particulares, con bienes propiedad de particulares y que no pertenecen a la nación ni son parte del patrimonio nacional.
La organización asegura que las fallas y errores involuntarios y no dolosos de funcionamiento en sistemas de medición –y que las propias autoridades conocen- ocurren y suelen presentarse en el funcionamiento de equipos e instrumentos diversos, entre otros casos por la instalación de sistemas de recuperación de vapores ordenada por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)o por fallas intrínsecas como el desgaste de unidades de medición, disfunciones por descargas eléctricas y otros factores que provocan errores no dolosos en instrumentos sujetos a verificación metrológica oficial.
La Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (ONEXPO) lamentó que la propuesta pueda resultar en un ejercicio adicional de sobrerregulación que proyecten incertidumbre y desconfianza.
“Aplicar la prisión preventiva oficiosa a empresarios gasolineros legalmente constituidos -que respetan las leyes y normas- como medida para garantizar la comparecencia de personas imputadas en un juicio, carece de justificación, ya que el imputado no tiene la capacidad de sustraerse de la acción de la justicia, ni manifiesta una conducta que haga presumible su riesgo social, equiparable a la delincuencia organizada, toda vez que las estaciones de servicio en su gran mayoría son sociedades patrimoniales”, aseguró la empresa en un comunicado.
La Comisión de Justicia de Cámara de Diputados aprobó el 25 de septiembre el Dictamen de las Iniciativas que reforman y adicionan el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y un párrafo del Artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburos, que propone la prisión preventiva oficiosa para sancionar conductas involuntarias y no dolosas, muchas de ellas de carácter técnico o fallas a consecuencia de la operación cotidiana de las estaciones de servicio.
La Onexpo aseguró que los empresarios están consciente de que se deben de aplicar medidas dirigidas a combatir y evitar el robo de hidrocarburos.
En su opinión el dictamen presentado por los legisladores, pretende equiparar las fallas técnicas y alteraciones no dolosas ni intencionales de los sistemas de medición o de la calidad de los combustibles con acciones propias del mercado Ilícito de combustibles, conocido como “Huachicol”, sin considerar la dimensión de la afectación, ni tomar en cuenta fenómenos presentes propios del mercado y de las transacciones entre particulares, con bienes propiedad de particulares y que no pertenecen a la nación ni son parte del patrimonio nacional.
La organización asegura que las fallas y errores involuntarios y no dolosos de funcionamiento en sistemas de medición –y que las propias autoridades conocen- ocurren y suelen presentarse en el funcionamiento de equipos e instrumentos diversos, entre otros casos por la instalación de sistemas de recuperación de vapores ordenada por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)o por fallas intrínsecas como el desgaste de unidades de medición, disfunciones por descargas eléctricas y otros factores que provocan errores no dolosos en instrumentos sujetos a verificación metrológica oficial.