La CNH anunció que extiende del 23 de marzo de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico los plazos y términos de los actos sustenciados.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Segundo Acuerdo Modificatorio al Acuerdo por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la CNH”, en vigor el día de su publicación en el DOF.
Lo anterior, forma parte de la estrategia, las medidas y acciones adoptadas por el Gobierno Federal, desde el 19 de marzo pasado, en reconocimiento a la pandemia por el virus denominado SARS-CoV2 (COVID-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria.
El Acuerdo dado a conocer hoy establece que el periodo de suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la Comisión, queda comprendido del lunes 23 de marzo de 2020 y “hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal”.
Esta Comisión anunció que mantendrá atenta a las evaluaciones que lleven a cabo las autoridades sanitarias conforme a lo señalado en el Plan Gradual hacia la nueva normalidad, reiterando el compromiso con las autoridades y la sociedad para continuar en permanente coordinación para el cumplimiento de las disposiciones y superar satisfactoriamente esta situación de excepción.
Cabe señalar que, los procedimientos que hayan sido habilitados para su desahogo con anterioridad a la fecha de publicación del citado acuerdo se mantendrán con carácter suspensivo por el periodo referido en el mismo.
Como se informó desde el pasado 20 de marzo mediante publicación en el DOF, la Oficialía de Partes de la CNH se mantiene abierta de lunes a viernes en un horario de las 09:00 a las 13:00 horas, a efecto de recibir cualquier escrito, aviso, documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la Comisión.
La CNH anunció que extiende del 23 de marzo de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico los plazos y términos de los actos sustenciados.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Segundo Acuerdo Modificatorio al Acuerdo por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la CNH”, en vigor el día de su publicación en el DOF.
Lo anterior, forma parte de la estrategia, las medidas y acciones adoptadas por el Gobierno Federal, desde el 19 de marzo pasado, en reconocimiento a la pandemia por el virus denominado SARS-CoV2 (COVID-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria.
El Acuerdo dado a conocer hoy establece que el periodo de suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la Comisión, queda comprendido del lunes 23 de marzo de 2020 y “hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal”.
Esta Comisión anunció que mantendrá atenta a las evaluaciones que lleven a cabo las autoridades sanitarias conforme a lo señalado en el Plan Gradual hacia la nueva normalidad, reiterando el compromiso con las autoridades y la sociedad para continuar en permanente coordinación para el cumplimiento de las disposiciones y superar satisfactoriamente esta situación de excepción.
Cabe señalar que, los procedimientos que hayan sido habilitados para su desahogo con anterioridad a la fecha de publicación del citado acuerdo se mantendrán con carácter suspensivo por el periodo referido en el mismo.
Como se informó desde el pasado 20 de marzo mediante publicación en el DOF, la Oficialía de Partes de la CNH se mantiene abierta de lunes a viernes en un horario de las 09:00 a las 13:00 horas, a efecto de recibir cualquier escrito, aviso, documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la Comisión.