El segundo tribunal colegiado especializado en competencia económica revocó una de la suspensiones contra la LIE
El segundo tribunal colegiado en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones revocó una de la suspensiones definitivas de la Ley de Industria Eléctrica.
El tribunal consideró que la suspensión no es autoaplicativa.
“Es decir que su simple entrada en vigor no causa un perjurio contra los participantes del mercado eléctrico”, explicó a este medio Julia González, asociada de Energía en González Calvillo.
En la sesión de hoy, el Tribunal Colegiado expuso que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica tiene efectos de realización incierta, y no establece obligaciones o afectaciones directas e inmediatas susceptibles de ser suspendidas.
En ese sentido, el Tribunal concluyó que en todo caso, se podrán promover nuevas demandas de amparo contra actos concretos de aplicación, explicó González
González Romero agregó que está pendiente que el primer tribunal especializado resuelva alguna de las suspensiones que se le han turnado.
Los jueces primero y segundo de distrito Especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión consideraron que el decreto que reforma la ley, incumple los compromisos de México a nivel internacional en materia ambiental debido a la eliminación de los “Certificados de Energía Limpia (CEL).
Además, considera que se retomaría el papel monopólico de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), lo cual sería violatorio de la Constitución.
El segundo tribunal colegiado especializado en competencia económica revocó una de la suspensiones contra la LIE
El segundo tribunal colegiado en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones revocó una de la suspensiones definitivas de la Ley de Industria Eléctrica.
El tribunal consideró que la suspensión no es autoaplicativa.
“Es decir que su simple entrada en vigor no causa un perjurio contra los participantes del mercado eléctrico”, explicó a este medio Julia González, asociada de Energía en González Calvillo.
En la sesión de hoy, el Tribunal Colegiado expuso que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica tiene efectos de realización incierta, y no establece obligaciones o afectaciones directas e inmediatas susceptibles de ser suspendidas.
En ese sentido, el Tribunal concluyó que en todo caso, se podrán promover nuevas demandas de amparo contra actos concretos de aplicación, explicó González
González Romero agregó que está pendiente que el primer tribunal especializado resuelva alguna de las suspensiones que se le han turnado.
Los jueces primero y segundo de distrito Especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión consideraron que el decreto que reforma la ley, incumple los compromisos de México a nivel internacional en materia ambiental debido a la eliminación de los “Certificados de Energía Limpia (CEL).
Además, considera que se retomaría el papel monopólico de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), lo cual sería violatorio de la Constitución.