La SCJN negó el amparo a Oro Negro con el que trataba de revocar la cancelación de contratos por parte de Pemex.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó a la empresa perforadora Oro Negro el amparo contra la cancelación de los contratos de arrendamiento de cuatro plataformas petroleras por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex).
En votación dividida, de tres contra dos, los integrantes de la Primera Sala aprobaron el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat, donde se establece que la empresa erró de vía al demandar a Pemex.
“Con independencia de la transformación orgánica de este organismo, en empresa productiva sigue siendo un ente del Estado, por lo que no todo su actuar se rige conforme a la legislación civil y mercantil, como sostiene la recurrente”.
Mientras que un juez federal confirmó la orden de aprehensión por el desvió de 650 millones de pesos de la empresa Oro Negro.
El Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México negó a Gonzalo Gil el amparo que solicitaron en contra de la orden de aprehensión que se emitió el 16 de julio de 2019 en contra de Gil White, José Antonio Cañedo, Carlos Enrique Williamson y Cinthya Anne Delong por presuntamente haber desviado 750 millones de pesos propiedad de los acreedores de Oro Negro.
En octubre de 2017, Oro Negro anunció que solicitó a las autoridades entrar a un proceso de concurso mercantil, debido a los problemas financieros que atravesaba por la renegociación y cancelación de contratos por parte de la empresa productiva del estado.
Oro Negro dependía enteramente de la renta de sus plataformas a Pemex Exploración y Producción, quien debido a los recortes presupuestales ha tenido que renegociar y cancelar algunos contratos que mantenía con ellos, debido al desplome en los precios del crudo en 2014.
En agosto de 2017, la empresa productiva del estado, solicitó a Oro Negro un recorte en el precio de renta de cinco de las plataformas, de lo contrario los contratos quedarían cancelados.
El juicio por incumplimiento de contrato fue ganado por la perforadora, en primera instancia, sin embargo, la sentencia fue revertida por el decimocuarto tribunal colegiado en materia civil del primer circuito, ante lo cual la empresa llevó el asunto hasta la SCJN.