El juez segundo especializado en competencia económica negó suspender la política de precios máximos del gas LP.
El juez Segundo de Distrito en Materia Económica Especializado en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión, rechazó suspender la política de precios máximos en el mercado del gas LP.
Sin embargo, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, indicó que hay indicios de que la Secretaría de Energía (SENER) no siguió el procedimiento marcado por la ley para intervenir el mercado.
Gómez Fierro, considera que la intervención gubernamental debió ser precedida por una declaratoria de falta de condiciones de competencia efectiva en el mercado de gas LP, que corresponde emitir a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
El juzgador consideró que conceder la suspensión iría contra los intereses de la sociedad, pero observó que la SENER no justificó correctamente el alza de precios del gas LP.
“Un análisis preliminar a los actos reclamados lleva a concluir que, de conceder la medida cautelar para los efectos solicitados, se podría vulnerar el interés social, ya que con ello se privaría a la colectividad del beneficio que tendría con la implementación de una regulación que tiene por objeto frenar el alza de precios de gas LP, el cual constituye un insumo indispensable para la vida de las y los mexicanos”, afirmó el juez. Ahora las empresas pueden impugnar la negativa de suspensión mediante queja ante un tribunal colegiado de circuito.
El juez segundo especializado en competencia económica negó suspender la política de precios máximos del gas LP.
El juez Segundo de Distrito en Materia Económica Especializado en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión, rechazó suspender la política de precios máximos en el mercado del gas LP.
Sin embargo, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, indicó que hay indicios de que la Secretaría de Energía (SENER) no siguió el procedimiento marcado por la ley para intervenir el mercado.
Gómez Fierro, considera que la intervención gubernamental debió ser precedida por una declaratoria de falta de condiciones de competencia efectiva en el mercado de gas LP, que corresponde emitir a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
El juzgador consideró que conceder la suspensión iría contra los intereses de la sociedad, pero observó que la SENER no justificó correctamente el alza de precios del gas LP.
“Un análisis preliminar a los actos reclamados lleva a concluir que, de conceder la medida cautelar para los efectos solicitados, se podría vulnerar el interés social, ya que con ello se privaría a la colectividad del beneficio que tendría con la implementación de una regulación que tiene por objeto frenar el alza de precios de gas LP, el cual constituye un insumo indispensable para la vida de las y los mexicanos”, afirmó el juez. Ahora las empresas pueden impugnar la negativa de suspensión mediante queja ante un tribunal colegiado de circuito.