La reforma a la LIE seguirá vigente al no haber alcanzado jurisprudencia en la SCJN, pero los jueces tendrá el poder de resolver los amparos en revisión.
Lugo de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarará la validez de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), se abre la puerta para que privados se amparen contra los artículos que le dan prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Con ello, Seguirá vigente el mecanismo de despacho de energía de las centrales eléctricas, por lo que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) dará prioridad a las plantas de la CFE. Continuará el despacho, en ese orden: a las hidroeléctricas; centrales de la CFE; a la energía eólica y solar de los particulares y finalmente a las centrales de ciclo combinado. Se mantiene que los Certificados de Energía Limpia se puedan otorgar a cualquier productor de energía, sin importar si las plantas donde se generan son nuevas o antiguas.
Para que las reformas se declararán inconstitucionales y desaparecieran del sistema legal mexicano se necesitaban 8 votos de los ministros que integran el pleno de la corte.
Con una votación de 7 – 4, ahora las reformas aprobadas por el poder legislativo se mantendrán vigentes hasta que se resuelvan las más de 400 suspensiones.
La reforma a la LIE seguirá vigente al no haber alcanzado jurisprudencia en la SCJN, aunque los jueces especializados y tribunales colegiados de circuito tendrán libertad de jurisdicción para resolver los amparos en revisión, como lo estimen conveniente, sin estar atados a los razonamientos de la mayoría simple de la Suprema Corte.
“Lo que va a ocurrir con los amparos es que, si se tiene el mismo criterio en la votación, los amparos se van a ganar”, explicó Julia González, consejera en González Calvillo.
Lo que hay que tomar en cuenta es que los amparos que se han otorgado antes solo han tenido efectos para las empresas que los han promovido.
La reforma a la LIE seguirá vigente al no haber alcanzado jurisprudencia en la SCJN, pero los jueces tendrá el poder de resolver los amparos en revisión.
Lugo de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarará la validez de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), se abre la puerta para que privados se amparen contra los artículos que le dan prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Con ello, Seguirá vigente el mecanismo de despacho de energía de las centrales eléctricas, por lo que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) dará prioridad a las plantas de la CFE. Continuará el despacho, en ese orden: a las hidroeléctricas; centrales de la CFE; a la energía eólica y solar de los particulares y finalmente a las centrales de ciclo combinado. Se mantiene que los Certificados de Energía Limpia se puedan otorgar a cualquier productor de energía, sin importar si las plantas donde se generan son nuevas o antiguas.
Para que las reformas se declararán inconstitucionales y desaparecieran del sistema legal mexicano se necesitaban 8 votos de los ministros que integran el pleno de la corte.
Con una votación de 7 – 4, ahora las reformas aprobadas por el poder legislativo se mantendrán vigentes hasta que se resuelvan las más de 400 suspensiones.
La reforma a la LIE seguirá vigente al no haber alcanzado jurisprudencia en la SCJN, aunque los jueces especializados y tribunales colegiados de circuito tendrán libertad de jurisdicción para resolver los amparos en revisión, como lo estimen conveniente, sin estar atados a los razonamientos de la mayoría simple de la Suprema Corte.
“Lo que va a ocurrir con los amparos es que, si se tiene el mismo criterio en la votación, los amparos se van a ganar”, explicó Julia González, consejera en González Calvillo.
Lo que hay que tomar en cuenta es que los amparos que se han otorgado antes solo han tenido efectos para las empresas que los han promovido.