La CRE determinó que la autorización generaría una afectación que impactará a los usuarios finales de suministro básico, aunque se trataba de un cambio de nombre.
El órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) negó, en la sesión del 15 de junio, Ventika I y II, unas filiales de Sempra Energy, la modificación de los permisos E/912/AUT/2011 y E/936/AUT/2012.
El regulador negó a la compañía norteamericana, la modificación de las condiciones tercera, relativa al aprovechamiento de la energía eléctrica, generada del permiso, y la cuarta relativa a los planes de expansión de los dos parques eólicos ubicados en el estado de Tamaulipas.
Ambos parques totalizan una capacidad de 252 MW para ser utilizado originalmente por un consorcio integrado por Fisterra Energy, CEMEX e inversionistas privados.
De acuerdo con las resoluciones RES/549/2022 y RES/550/2022, Sempra Energy buscaba en ambos casos cambiar la denominación social de uno de los socios a la planta generadora de energía eólica bajo la figura de autoabasto.
El regulador determinó, al igual que otras solicitudes realizadas por empresas privadas, que a aprobación de las modificaciones desembocaría en una “afectación que impactará a los usuarios finales de suministro básico” y su aprobación” constituiría un acto contrario al desarrollo eficiente del mercado y protección de los intereses de los usuarios”.
Bajo el argumento que el balance financiero presentado al Centro Nacional de Control de la Energía (CENACE) es negativo y esto afectaría a los usuarios.
“Por lo anterior, se concluye que no resulta procedente acordar de conformidad con la Solicitud, debido a que el balance deficitario genera una afectación a los participantes del MEM y a los usuarios finales al trasladarles los costos que se generan de la operación y representación del GI de los centros de carga y socios que la Permisionaria pretende adicionar a su permiso”.
“Si el resultado del Balance Financiero es negativo (déficit), entonces los recursos de la liquidación de los CIL no son suficientes para cubrir los recursos en el MEM”, argumenta el regulador en la resolución publicada ayer.
“El resultado neto ha sido negativo en los tres años de operación del GI, aunque este no asume la carga financiera, ya que se socializa entre los PM en proporción de su consumo de energía en el mercado”.
Por ello, la CRE determinó que de aprobar la solicitud de modificación de beneficiarios promovida por Sempra Energy constituiría un acto contrario al desarrollo eficiente del mercado y protección de los intereses de los usuarios.
La CRE determinó que la autorización generaría una afectación que impactará a los usuarios finales de suministro básico, aunque se trataba de un cambio de nombre.
El órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) negó, en la sesión del 15 de junio, Ventika I y II, unas filiales de Sempra Energy, la modificación de los permisos E/912/AUT/2011 y E/936/AUT/2012.
El regulador negó a la compañía norteamericana, la modificación de las condiciones tercera, relativa al aprovechamiento de la energía eléctrica, generada del permiso, y la cuarta relativa a los planes de expansión de los dos parques eólicos ubicados en el estado de Tamaulipas.
Ambos parques totalizan una capacidad de 252 MW para ser utilizado originalmente por un consorcio integrado por Fisterra Energy, CEMEX e inversionistas privados.
De acuerdo con las resoluciones RES/549/2022 y RES/550/2022, Sempra Energy buscaba en ambos casos cambiar la denominación social de uno de los socios a la planta generadora de energía eólica bajo la figura de autoabasto.
El regulador determinó, al igual que otras solicitudes realizadas por empresas privadas, que a aprobación de las modificaciones desembocaría en una “afectación que impactará a los usuarios finales de suministro básico” y su aprobación” constituiría un acto contrario al desarrollo eficiente del mercado y protección de los intereses de los usuarios”.
Bajo el argumento que el balance financiero presentado al Centro Nacional de Control de la Energía (CENACE) es negativo y esto afectaría a los usuarios.
“Por lo anterior, se concluye que no resulta procedente acordar de conformidad con la Solicitud, debido a que el balance deficitario genera una afectación a los participantes del MEM y a los usuarios finales al trasladarles los costos que se generan de la operación y representación del GI de los centros de carga y socios que la Permisionaria pretende adicionar a su permiso”.
“Si el resultado del Balance Financiero es negativo (déficit), entonces los recursos de la liquidación de los CIL no son suficientes para cubrir los recursos en el MEM”, argumenta el regulador en la resolución publicada ayer.
“El resultado neto ha sido negativo en los tres años de operación del GI, aunque este no asume la carga financiera, ya que se socializa entre los PM en proporción de su consumo de energía en el mercado”.
Por ello, la CRE determinó que de aprobar la solicitud de modificación de beneficiarios promovida por Sempra Energy constituiría un acto contrario al desarrollo eficiente del mercado y protección de los intereses de los usuarios.