La CRE modificó hoy las reglas de funcionamiento de la OPE.
El órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó hoy una modificación a la resolución RES/194/2014, que modifica la diversa por la que se expidieron las reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) del regulador.
La modificación aprobada hoy establece que ahora, la Comisión requiere la implementación de citas, para ello, las personas interesadas deberán de seleccionar su trámite a realizar a través del sistema electrónico para generar un folio de cita, en el que se le asignará la fecha y hora en la que deberán realizar su trámite, con ello, tener una atención más expedita y personalizada, a fin de que el ciudadano el mismo día de su cita, se le otorgue la carta de aceptación.
La Resolución RES/194/2014, establece que las personas interesadas y los permisionarios que por primera vez efectúen alguno o algunos de los trámites señalados en los Anexos 3 y 4, previamente a realizar cualquier actividad en la OPE, deberán tramitar de manera física o electrónicamente el Formato de carta de aceptación.
Ahora, para gestionar la carta de aceptación, de manera física o electrónica, las personas interesadas deberán seleccionar su trámite a realizar a través del sistema electrónico; para tales efectos, deberán ingresar a la página https://ope.cre.gob.mx/ para generar un folio de cita, en el que se asignará la fecha y hora en la que deberán realizar el trámite de “Registro de Persona Acreditada”, conforme a lo siguiente.
TRÁMITE DE MANERA ELECTRÓNICA. Para el caso del trámite de manera electrónica del “Registro de Persona Acreditada” (pre_registro), al solicitar su registro como persona moral, persona física (terceros), sucesión o para revocación de Representante legal, según corresponda, en la fecha asignada en el folio de cita respectiva, deberá cargar a través de internet los archivos digitales correspondientes, quedando condicionados su trámite al envío de dichos documentos originales a través de correo certificado en un plazo no mayor a diez días hábiles a su registro mediante su e_firma y en caso de aprobación quedará como persona acreditada ante la Comisión.
TRAMITE DE MANERA FÍSICA. Para evitar que el trámite de “Registro de Persona Acreditadas” (pre_registro) represente una dilación y se brinde un servicio más expedito, con mayores beneficios sociales de manera transparente, responsable y de rendición de cuentas, los ciudadanos que soliciten su registro como persona moral, persona física (terceros), para casos de sucesión o para revocación de Representante legal, según corresponda, en la fecha de la cita asignada, deberá presentar original o copia certificada tanto física como en medio magnético de la documentación para su revisión en sitio en la Oficialía de Partes de la Comisión y de ser correcta, “ese mismo día se le entregará la carta de aceptación”, quedando acreditado ante la misma.
En ambos esquemas, en caso de no completar la información, o incumplir con la normatividad aplicable, previa prevención, con base en el artículo 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se desechará el trámite de “Registro de Persona Acreditada” (pre_registro), conservando su derecho para para generar nuevamente un folio de cita.
Para ello, la Comisión deberá desarrollar la herramienta informática para que los trámites que realicen los Ciudadanos de manera física o electrónica lo puedan realizar mediante la generación de citas.
Los comisionados Norma Leticia Campos y Luis Linares Zapata votaron en contra argumentando que la modificación es confusa en su contenido, así como desconocen si se cuenta con la herramienta tecnológica para llevar a cabo las citas de forma eficiente.
Los comisionados argumentan que la modificación se envió a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria ayer por la tarde (CONAMER) sin que se consultara a los integrantes del órgano de gobierno, para conocer su opinión al respecto.
Además, ambos integrantes del regulador consideran que no se están tomando en cuenta los comentarios de los regulados.
Al respecto, Marcial Díaz, presidente de la Asociación de Regulados del Sector Energético (ARSE), consideró que esta resolución busca normalizar el uso limitado de los turnos que van a otorgar la OPE cada mes.
“Es un hecho que vendrá una cascada de amparos ante estas condiciones de operación”, cerró Díaz Ibarra.
La CRE modificó hoy las reglas de funcionamiento de la OPE.
El órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó hoy una modificación a la resolución RES/194/2014, que modifica la diversa por la que se expidieron las reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) del regulador.
La modificación aprobada hoy establece que ahora, la Comisión requiere la implementación de citas, para ello, las personas interesadas deberán de seleccionar su trámite a realizar a través del sistema electrónico para generar un folio de cita, en el que se le asignará la fecha y hora en la que deberán realizar su trámite, con ello, tener una atención más expedita y personalizada, a fin de que el ciudadano el mismo día de su cita, se le otorgue la carta de aceptación.
La Resolución RES/194/2014, establece que las personas interesadas y los permisionarios que por primera vez efectúen alguno o algunos de los trámites señalados en los Anexos 3 y 4, previamente a realizar cualquier actividad en la OPE, deberán tramitar de manera física o electrónicamente el Formato de carta de aceptación.
Ahora, para gestionar la carta de aceptación, de manera física o electrónica, las personas interesadas deberán seleccionar su trámite a realizar a través del sistema electrónico; para tales efectos, deberán ingresar a la página https://ope.cre.gob.mx/ para generar un folio de cita, en el que se asignará la fecha y hora en la que deberán realizar el trámite de “Registro de Persona Acreditada”, conforme a lo siguiente.
TRÁMITE DE MANERA ELECTRÓNICA. Para el caso del trámite de manera electrónica del “Registro de Persona Acreditada” (pre_registro), al solicitar su registro como persona moral, persona física (terceros), sucesión o para revocación de Representante legal, según corresponda, en la fecha asignada en el folio de cita respectiva, deberá cargar a través de internet los archivos digitales correspondientes, quedando condicionados su trámite al envío de dichos documentos originales a través de correo certificado en un plazo no mayor a diez días hábiles a su registro mediante su e_firma y en caso de aprobación quedará como persona acreditada ante la Comisión.
TRAMITE DE MANERA FÍSICA. Para evitar que el trámite de “Registro de Persona Acreditadas” (pre_registro) represente una dilación y se brinde un servicio más expedito, con mayores beneficios sociales de manera transparente, responsable y de rendición de cuentas, los ciudadanos que soliciten su registro como persona moral, persona física (terceros), para casos de sucesión o para revocación de Representante legal, según corresponda, en la fecha de la cita asignada, deberá presentar original o copia certificada tanto física como en medio magnético de la documentación para su revisión en sitio en la Oficialía de Partes de la Comisión y de ser correcta, “ese mismo día se le entregará la carta de aceptación”, quedando acreditado ante la misma.
En ambos esquemas, en caso de no completar la información, o incumplir con la normatividad aplicable, previa prevención, con base en el artículo 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se desechará el trámite de “Registro de Persona Acreditada” (pre_registro), conservando su derecho para para generar nuevamente un folio de cita.
Para ello, la Comisión deberá desarrollar la herramienta informática para que los trámites que realicen los Ciudadanos de manera física o electrónica lo puedan realizar mediante la generación de citas.
Los comisionados Norma Leticia Campos y Luis Linares Zapata votaron en contra argumentando que la modificación es confusa en su contenido, así como desconocen si se cuenta con la herramienta tecnológica para llevar a cabo las citas de forma eficiente.
Los comisionados argumentan que la modificación se envió a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria ayer por la tarde (CONAMER) sin que se consultara a los integrantes del órgano de gobierno, para conocer su opinión al respecto.
Además, ambos integrantes del regulador consideran que no se están tomando en cuenta los comentarios de los regulados.
Al respecto, Marcial Díaz, presidente de la Asociación de Regulados del Sector Energético (ARSE), consideró que esta resolución busca normalizar el uso limitado de los turnos que van a otorgar la OPE cada mes.
“Es un hecho que vendrá una cascada de amparos ante estas condiciones de operación”, cerró Díaz Ibarra.