CNH niega solicitud de emergencia de Roma Energy para extender evaluación en Tabasco; ya tiene un periodo vigente.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), aprobó la solicitud de adopción de medidas de emergencia presentada por Roma Energy México, respecto del contrato CNH-R01-L03-A16/2015.
El bloque en cuestión se encuentra al norte del Estado de Tabasco, a 2 kilómetros del lago Mecoacán y a 10 kilómetros de la costa del Golfo de México.
El 5 abril de 2022, el regulador aprobó la suspensión de la vigencia de la prórroga del periodo adicional de evaluación de 24 meses.
Debido a ello, el operador solicitó a la CNH la adopción de medida de emergencia que le permita ejercer los derechos de evaluación, concedidos a partir de la firma del contrato y de esta forma poder concluir los trabajos de evaluación vigentes.
Sin embargo, el órgano de gobierno de la CNH negó la solicitud de Roma Energy, debido a que cuenta con un periodo de evaluación vigente.
La CNH cuestionó que el operador en un periodo mayor de 8 años (desde la firma del contrato) no se haya podido cumplir con el 100% del programa mínimo de trabajo.
CNH niega solicitud de emergencia de Roma Energy para extender evaluación en Tabasco; ya tiene un periodo vigente.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), aprobó la solicitud de adopción de medidas de emergencia presentada por Roma Energy México, respecto del contrato CNH-R01-L03-A16/2015.
El bloque en cuestión se encuentra al norte del Estado de Tabasco, a 2 kilómetros del lago Mecoacán y a 10 kilómetros de la costa del Golfo de México.
El 5 abril de 2022, el regulador aprobó la suspensión de la vigencia de la prórroga del periodo adicional de evaluación de 24 meses.
Debido a ello, el operador solicitó a la CNH la adopción de medida de emergencia que le permita ejercer los derechos de evaluación, concedidos a partir de la firma del contrato y de esta forma poder concluir los trabajos de evaluación vigentes.
Sin embargo, el órgano de gobierno de la CNH negó la solicitud de Roma Energy, debido a que cuenta con un periodo de evaluación vigente.
La CNH cuestionó que el operador en un periodo mayor de 8 años (desde la firma del contrato) no se haya podido cumplir con el 100% del programa mínimo de trabajo.