La CNH impuso una pena convencional a Shell por incumplimiento del programa mínimo de trabajo en un bloque en aguas profundas.
El órgano de gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) resolvió este martes imponer una pena convencional por 732 mil 026.70 dólares a la empresa Shell Exploración y Extracción de México con respecto al contrato CNH-R02-L04-AP-CS-G02/2018, a cuya área relacionada renunció en su totalidad.
Se trata de un Contrato en la modalidad de Licencia. Es un área contractual en aguas profundas frente a la costa de Tabasco y Campeche, con una superficie total de 2,029.74 kilómetros cuadrados.
La pena impuesta por el regulador se debió a que la petrolera anglo-holandesa no logró acreditar las Unidades de Trabajo (UT) conforme al Programa Mínimo de Trabajo (PMT) y su Incremento.
Debido a ello, se le impuso una pena convencional por incumplimiento al PMT y su Incremento es por un monto de 732 mil 026.70 dólares, monto que corresponde al de la Garantía de Cumplimiento Inicial. Asimismo, instruyó a las Unidades Administrativas la verificación del correcto pago de la Pena Convencional.
La Comisión, bajo la presidencia de Agustín Díaz Lastra, indicó asimismo que, el cálculo de la pena convencional fue realizado por la Dirección General de Prospectiva y Evaluación Económica y, por su parte, Shell ejerció su derecho de reducción del monto de la Garantía de Cumplimiento previsto en la Cláusula 17.1 respecto a las UT acreditadas.
Al respecto, la CNH notificó al Operador petrolero la procedencia de la reducción del monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
El 18 de abril pasado, Shell anunció por escrito a la Comisión su intención de renunciar a ésta y al área con número de contrato CNH-R02-L04-AP-CS-G04/2018, ambas localizadas en aguas profundas de la Cuenca Salina, frente a las costas de los estados de Campeche y Tabasco.
El 18 de mayo, el órgano de gobierno de la CNH había instruido el inicio y la tramitación del PTA por renuncia irrevocable a la totalidad del área contractual respecto del contrato, mediante la Resolución CNH.08.01/2023, mientras que la fecha efectiva de la renuncia señalada por Shell fue el 19 de julio.
La CNH impuso una pena convencional a Shell por incumplimiento del programa mínimo de trabajo en un bloque en aguas profundas.
El órgano de gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) resolvió este martes imponer una pena convencional por 732 mil 026.70 dólares a la empresa Shell Exploración y Extracción de México con respecto al contrato CNH-R02-L04-AP-CS-G02/2018, a cuya área relacionada renunció en su totalidad.
Se trata de un Contrato en la modalidad de Licencia. Es un área contractual en aguas profundas frente a la costa de Tabasco y Campeche, con una superficie total de 2,029.74 kilómetros cuadrados.
La pena impuesta por el regulador se debió a que la petrolera anglo-holandesa no logró acreditar las Unidades de Trabajo (UT) conforme al Programa Mínimo de Trabajo (PMT) y su Incremento.
Debido a ello, se le impuso una pena convencional por incumplimiento al PMT y su Incremento es por un monto de 732 mil 026.70 dólares, monto que corresponde al de la Garantía de Cumplimiento Inicial. Asimismo, instruyó a las Unidades Administrativas la verificación del correcto pago de la Pena Convencional.
La Comisión, bajo la presidencia de Agustín Díaz Lastra, indicó asimismo que, el cálculo de la pena convencional fue realizado por la Dirección General de Prospectiva y Evaluación Económica y, por su parte, Shell ejerció su derecho de reducción del monto de la Garantía de Cumplimiento previsto en la Cláusula 17.1 respecto a las UT acreditadas.
Al respecto, la CNH notificó al Operador petrolero la procedencia de la reducción del monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
El 18 de abril pasado, Shell anunció por escrito a la Comisión su intención de renunciar a ésta y al área con número de contrato CNH-R02-L04-AP-CS-G04/2018, ambas localizadas en aguas profundas de la Cuenca Salina, frente a las costas de los estados de Campeche y Tabasco.
El 18 de mayo, el órgano de gobierno de la CNH había instruido el inicio y la tramitación del PTA por renuncia irrevocable a la totalidad del área contractual respecto del contrato, mediante la Resolución CNH.08.01/2023, mientras que la fecha efectiva de la renuncia señalada por Shell fue el 19 de julio.