La CRE publicó en el DOF su calendario anual de labores del próximo del 2024.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo A/067/2023 en el que se establece el calendario anual de labores para el año 2024.
De acuerdo con el documento publicado hoy, el próximo año el regulador laborará con un horario de trabajo y atención al público para la realización de actuaciones y diligencias, así como para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes y en la Oficialía de Partes Electrónica, de lunes a jueves de 8:50 a 18:30 horas y los viernes de 8:50 a 15:00 horas.
Por lo tanto, se consideran inhábiles los sábados y domingos, y aquellos días en los que conforme al calendario se suspendan labores en la Comisión Reguladora de Energía en las siguientes fechas:
· 5 de febrero de 2024.
· 18 de marzo de 2024.
· 28 y 29 de marzo de 2024.
· Los comprendidos del 1 al 5 de abril de 2024 (periodo vacacional).
· 1 de mayo de 2024.
· Los comprendidos del 22 al 26 de julio de 2024 (periodo vacacional).
· 16 de septiembre de 2024.
· 1 de octubre de 2024.
· 18 de noviembre de 2024.
· Los comprendidos del 17 al 31 de diciembre de 2024 (periodo vacacional).
La CRE publicó en el DOF su calendario anual de labores del próximo del 2024.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo A/067/2023 en el que se establece el calendario anual de labores para el año 2024.
De acuerdo con el documento publicado hoy, el próximo año el regulador laborará con un horario de trabajo y atención al público para la realización de actuaciones y diligencias, así como para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes y en la Oficialía de Partes Electrónica, de lunes a jueves de 8:50 a 18:30 horas y los viernes de 8:50 a 15:00 horas.
Por lo tanto, se consideran inhábiles los sábados y domingos, y aquellos días en los que conforme al calendario se suspendan labores en la Comisión Reguladora de Energía en las siguientes fechas:
· 5 de febrero de 2024.
· 18 de marzo de 2024.
· 28 y 29 de marzo de 2024.
· Los comprendidos del 1 al 5 de abril de 2024 (periodo vacacional).
· 1 de mayo de 2024.
· Los comprendidos del 22 al 26 de julio de 2024 (periodo vacacional).
· 16 de septiembre de 2024.
· 1 de octubre de 2024.
· 18 de noviembre de 2024.
· Los comprendidos del 17 al 31 de diciembre de 2024 (periodo vacacional).