La CRE ha modificado el Acuerdo A/064/2017, permitiendo a los generadores de energía gestionar directamente cambios en sus contratos.
En una medida que busca optimizar el marco regulatorio y proporcionar mayor autonomía a los generadores y consumidores de energía eléctrica en México, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha aprobado modificaciones significativas al Acuerdo A/064/2017. Este cambio permite a los integrantes de sociedades de autoabastecimiento o de permisos de cogeneración de energía solicitar la exclusión de sus centros de carga del permiso y del contrato de interconexión legado correspondiente.
Esta modificación fue adoptada en la sesión ordinaria del 28 de febrero de 2024, respaldada por una serie de disposiciones legales que incluyen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, entre otras. Estas leyes establecen que la CRE es un órgano con autonomía técnica y operativa, encargado de regular y promover el desarrollo eficiente de la generación y comercialización de electricidad, así como la protección de los intereses de los usuarios.
La resolución implica que los titulares de los permisos de autoabastecimiento y cogeneración pueden ahora gestionar más directamente los cambios en sus contratos y permisos, lo que les otorga una mayor flexibilidad para adaptarse a las necesidades operativas y de mercado. Los cambios específicos permiten la alta, baja y modificación de los centros de carga, la venta de excedentes de energía y el servicio de respaldo sin afectar la vigencia de los contratos originales.
Este ajuste regulatorio no sólo simplifica los trámites para los actores del sector eléctrico sino que también responde a la necesidad de una mayor eficiencia en la gestión y operación de la energía en el país. La Comisión ha establecido un marco en el que las modificaciones a los contratos de interconexión se respetarán bajo los términos de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica hasta la conclusión de la vigencia de los contratos. Además, las modificaciones se realizarán sin la necesidad de cobros adicionales o estudios de factibilidad siempre que no se combinen con otras modificaciones.
El proceso para realizar estas modificaciones incluye varias etapas, empezando con la solicitud formal ante la CRE y seguida por ajustes administrativos y técnicos que involucran al Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) y otros agentes relevantes. Este enfoque estructurado asegura que todas las partes involucradas, incluidos los generadores de energía y los consumidores calificados, puedan adaptar sus operaciones de manera eficiente y conforme a la regulación vigente.
La CRE también ha proporcionado claridad sobre cómo los cambios en la representación de los centros de carga en el Mercado Eléctrico Mayorista serán gestionados, destacando la importancia de mantener un sistema energético nacional coherente, seguro y confiable. Además, se han previsto reducciones en los tiempos de respuesta para ciertos trámites regulatorios, facilitando así un entorno más ágil para los negocios energéticos en el país.
Este ajuste normativo es parte de una serie de esfuerzos continuos por parte de la CRE para mejorar el marco regulatorio del sector energético en México, promoviendo así una mayor competitividad, eficiencia y sostenibilidad en el suministro y consumo de energía eléctrica.
La CRE ha modificado el Acuerdo A/064/2017, permitiendo a los generadores de energía gestionar directamente cambios en sus contratos.
En una medida que busca optimizar el marco regulatorio y proporcionar mayor autonomía a los generadores y consumidores de energía eléctrica en México, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha aprobado modificaciones significativas al Acuerdo A/064/2017. Este cambio permite a los integrantes de sociedades de autoabastecimiento o de permisos de cogeneración de energía solicitar la exclusión de sus centros de carga del permiso y del contrato de interconexión legado correspondiente.
Esta modificación fue adoptada en la sesión ordinaria del 28 de febrero de 2024, respaldada por una serie de disposiciones legales que incluyen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, entre otras. Estas leyes establecen que la CRE es un órgano con autonomía técnica y operativa, encargado de regular y promover el desarrollo eficiente de la generación y comercialización de electricidad, así como la protección de los intereses de los usuarios.
La resolución implica que los titulares de los permisos de autoabastecimiento y cogeneración pueden ahora gestionar más directamente los cambios en sus contratos y permisos, lo que les otorga una mayor flexibilidad para adaptarse a las necesidades operativas y de mercado. Los cambios específicos permiten la alta, baja y modificación de los centros de carga, la venta de excedentes de energía y el servicio de respaldo sin afectar la vigencia de los contratos originales.
Este ajuste regulatorio no sólo simplifica los trámites para los actores del sector eléctrico sino que también responde a la necesidad de una mayor eficiencia en la gestión y operación de la energía en el país. La Comisión ha establecido un marco en el que las modificaciones a los contratos de interconexión se respetarán bajo los términos de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica hasta la conclusión de la vigencia de los contratos. Además, las modificaciones se realizarán sin la necesidad de cobros adicionales o estudios de factibilidad siempre que no se combinen con otras modificaciones.
El proceso para realizar estas modificaciones incluye varias etapas, empezando con la solicitud formal ante la CRE y seguida por ajustes administrativos y técnicos que involucran al Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) y otros agentes relevantes. Este enfoque estructurado asegura que todas las partes involucradas, incluidos los generadores de energía y los consumidores calificados, puedan adaptar sus operaciones de manera eficiente y conforme a la regulación vigente.
La CRE también ha proporcionado claridad sobre cómo los cambios en la representación de los centros de carga en el Mercado Eléctrico Mayorista serán gestionados, destacando la importancia de mantener un sistema energético nacional coherente, seguro y confiable. Además, se han previsto reducciones en los tiempos de respuesta para ciertos trámites regulatorios, facilitando así un entorno más ágil para los negocios energéticos en el país.
Este ajuste normativo es parte de una serie de esfuerzos continuos por parte de la CRE para mejorar el marco regulatorio del sector energético en México, promoviendo así una mayor competitividad, eficiencia y sostenibilidad en el suministro y consumo de energía eléctrica.