Por: Graciela Alvarez
De conformidad con el artículo 4 fracción II de la Ley de Hidrocarburos, el almacenamiento es la actividad que consiste en depositar o resguardar hidrocarburos y petrolíferos en espacios destinados para ello, que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo. Las instalaciones que se utilizan para tal efecto pueden ser de varios tipos: terminales, tanques subterráneos y tanques submarinos. Incluso, los buques-tanque o los llamados “supercargueros” han sido recientemente utilizados para almacenar petróleo en el mar[1].
Se trata de una actividad muy importante en la cadena de valor de los hidrocarburos y petrolíferos, ya que es un eslabón entre la producción y el transporte; sirve de depósito en caso de sobre-oferta y además son los espacios de resguardo en los centros dedicados a la venta al público.
Como se puede ver, el almacenamiento sirve a distintos fines y por ello la infraestructura utilizada es de diversos tipos y capacidades.
Las terminales de almacenamiento se distinguen por servir de resguardo para grandes cantidades de hidrocarburos y petrolíferos; pero al ser depósitos de amplias dimensiones, se encuentran expuestas a diversos riesgos tales como incendio, explosión, fuga, derrames, entre otros, que de materializarse pueden presentar graves consecuencias para personas, bienes y medio ambiente.
Uno de los medios más efectivos para que las empresas puedan estar respaldadas frente a los riesgos a los que están expuestas es contar con un programa integral de seguros, con las coberturas adecuadas y los montos suficientes, de acuerdo a sus características.
En general, un programa integral de seguros para una terminal de almacenamiento, deberá contar con los siguientes seguros:
- Construcción y montaje (en caso de estar en la etapa de construcción).
- Daños materiales.
- Equipo electrónico.
- Responsabilidad civil.
- Responsabilidad ambiental.
- Pérdidas consecuenciales.
En NRGI Broker, somos expertos en seguros para Terminales de Almacenamiento de Hidrocarburos. Acércate a nosotros, con gusto te atenderemos.
[1] http://www.notimerica.com/economia/noticia-exclusiva-sobreabundancia-crudo-lleva-operadores-buscar-supercargueros-almacenar-mar-20150108190131.html
Por: Graciela Alvarez
De conformidad con el artículo 4 fracción II de la Ley de Hidrocarburos, el almacenamiento es la actividad que consiste en depositar o resguardar hidrocarburos y petrolíferos en espacios destinados para ello, que pueden ubicarse en la superficie, el mar o el subsuelo. Las instalaciones que se utilizan para tal efecto pueden ser de varios tipos: terminales, tanques subterráneos y tanques submarinos. Incluso, los buques-tanque o los llamados “supercargueros” han sido recientemente utilizados para almacenar petróleo en el mar[1].
Se trata de una actividad muy importante en la cadena de valor de los hidrocarburos y petrolíferos, ya que es un eslabón entre la producción y el transporte; sirve de depósito en caso de sobre-oferta y además son los espacios de resguardo en los centros dedicados a la venta al público.
Como se puede ver, el almacenamiento sirve a distintos fines y por ello la infraestructura utilizada es de diversos tipos y capacidades.
Las terminales de almacenamiento se distinguen por servir de resguardo para grandes cantidades de hidrocarburos y petrolíferos; pero al ser depósitos de amplias dimensiones, se encuentran expuestas a diversos riesgos tales como incendio, explosión, fuga, derrames, entre otros, que de materializarse pueden presentar graves consecuencias para personas, bienes y medio ambiente.
Uno de los medios más efectivos para que las empresas puedan estar respaldadas frente a los riesgos a los que están expuestas es contar con un programa integral de seguros, con las coberturas adecuadas y los montos suficientes, de acuerdo a sus características.
En general, un programa integral de seguros para una terminal de almacenamiento, deberá contar con los siguientes seguros:
- Construcción y montaje (en caso de estar en la etapa de construcción).
- Daños materiales.
- Equipo electrónico.
- Responsabilidad civil.
- Responsabilidad ambiental.
- Pérdidas consecuenciales.
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[1] http://www.notimerica.com/economia/noticia-exclusiva-sobreabundancia-crudo-lleva-operadores-buscar-supercargueros-almacenar-mar-20150108190131.html