La diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Claudia Anaya Mota, presentó un proyecto de decreto para reformar el articulo 6 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
El objetivo de la modificación, es para normar que cuando el Senado de la República hubiere rechazado una terna enviada por el Ejecutivo Federal a efecto de nombrar un Comisionado de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, las personas que formaban parte de la terna rechazada, no podrán incluirse en una segunda terna enviada por el Ejecutivo.
Durante las últimas elecciones de comisionados a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el ejecutivo federal repitio ternas y candidatos en varias ocasiones tras ser rechazadas por el pleno del Senado.
Para que un comsionado sea elegido necesita dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión, en caso de que no suceda, el Senado tiene 30 días para que se designe un ganador de los contrario el ejecutivo federal deberá de elegir al comisionado dentro de la terna enviada.
La reforma propuesta para el articulo seis propone que en caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. La nueva terna deberá contener, cuando menos, dos personas propuestas que no hubieren formado parte de la terna rechazada. Si esta segunda terna fuere rechazada también, ocupará el cargo de Comisionado la persona que dentro de dicha terna designe el Presidente de la República.
La diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Claudia Anaya Mota, presentó un proyecto de decreto para reformar el articulo 6 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
El objetivo de la modificación, es para normar que cuando el Senado de la República hubiere rechazado una terna enviada por el Ejecutivo Federal a efecto de nombrar un Comisionado de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, las personas que formaban parte de la terna rechazada, no podrán incluirse en una segunda terna enviada por el Ejecutivo.
Durante las últimas elecciones de comisionados a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el ejecutivo federal repitio ternas y candidatos en varias ocasiones tras ser rechazadas por el pleno del Senado.
Para que un comsionado sea elegido necesita dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión, en caso de que no suceda, el Senado tiene 30 días para que se designe un ganador de los contrario el ejecutivo federal deberá de elegir al comisionado dentro de la terna enviada.
La reforma propuesta para el articulo seis propone que en caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. La nueva terna deberá contener, cuando menos, dos personas propuestas que no hubieren formado parte de la terna rechazada. Si esta segunda terna fuere rechazada también, ocupará el cargo de Comisionado la persona que dentro de dicha terna designe el Presidente de la República.