La SCJN anuló hoy una ley publicada en el estado de Tabasco la cual permitía la adjudicación directa de contratos para la construcción de proyectos energéticos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló hoy una ley publicada en el estado de Tabasco la cual permitía la adjudicación directa de contratos para la construcción de proyectos de infraestructura energéticos.
La corte decidió anular las fracciones XI y XII de articuló 45 de la Ley de Obras Públicas del estado de Tabasco, el fue creado expresamente para facilitar la construcción de la refinería de Dos Bocas.
El artículo en cuestión permitía al gobierno estatal no licitar obras y servicios convenidos con la federación para la construcción de obras de infraestructura en materia energética, bajo el argumento de que las obras detonarían la creación de fuentes de empleo en la entidad.
La bancada de Morena en el congreso local aprobó en 2018 el artículo para apoyar la visión de Andrés Manuel López Obrador de conseguir luz y gasolina barata para los tabasqueños.
La SCJN determinó que dicho artículo se contrapone al artículo 134 de la constitución el cual establece que las contrataciones se deben de realizar a través de licitación pública.