La CNH publicó en el DOF el acuerdo por el cual se establecen diversas medidas para promover el desarrollo de actividades petroleras.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que la Comisión Nacional de Hidrocarburos establece diversas medidas a fin de promover el desarrollo de las actividades petroleras”, en vigor a partir de su publicación en el DOF.
En el contexto de la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19, y con el objeto de promover el desarrollo de las actividades petroleras, además de otorgar certeza jurídica a los Operadores Petroleros para que realicen dichas actividades de forma eficiente y continua conforme a los planes o programas aprobados por el regulador, se destacan
En materia de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, suspender los periodos de exploración y de evaluación, así como los periodos de desarrollo para la extracción que tengan asociado el cumplimiento de un Programa Mínimo de Trabajo. En consecuencia, los operadores petroleros deberán presentar ante la comisión una actualización del cronograma de ejecución de sus actividades petroleras dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión de dicha suspensión.
En materia de asignaciones, prestar asesoría técnica a la Secretaría de Energía (SENER) para ampliar los periodos de exploración y evaluación, así como el periodo determinado para el cumplimiento del Compromiso Mínimo de Trabajo en las actividades de Extracción.
Así como suspender la vigencia de los programas de transición vigentes.
“Con las medidas contenidas en el Acuerdo, la Comisión da por atendidas todas las solicitudes que le fueron presentados por 25 operadores petroleros para suspender sus actividades por causa de ’fuerza mayor’ o ‘caso fortuito’, derivado de la desaceleración económica y a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19. Asimismo, se da por atendidas las 13 solicitudes de prórrogas en los periodos de las actividades de exploración y evaluación de campos petroleros”.
El regulador explicó que el acuerdo es de aplicación para todos los operadores que hayan expresado o consideren encontrarse en estos casos.
Este acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en el DOF, y la CNH notificará a los operadores petroleros mediante publicación en el mismo.
Por último el regulador informó, que la Oficialía de Partes de la CNH se mantiene abierta de lunes a viernes en un horario de las 09:00 a las 15:00 horas, a efecto de recibir cualquier escrito, aviso, documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto que sea solicitado a los servidores públicos.
La CNH publicó en el DOF el acuerdo por el cual se establecen diversas medidas para promover el desarrollo de actividades petroleras.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que la Comisión Nacional de Hidrocarburos establece diversas medidas a fin de promover el desarrollo de las actividades petroleras”, en vigor a partir de su publicación en el DOF.
En el contexto de la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19, y con el objeto de promover el desarrollo de las actividades petroleras, además de otorgar certeza jurídica a los Operadores Petroleros para que realicen dichas actividades de forma eficiente y continua conforme a los planes o programas aprobados por el regulador, se destacan
En materia de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, suspender los periodos de exploración y de evaluación, así como los periodos de desarrollo para la extracción que tengan asociado el cumplimiento de un Programa Mínimo de Trabajo. En consecuencia, los operadores petroleros deberán presentar ante la comisión una actualización del cronograma de ejecución de sus actividades petroleras dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión de dicha suspensión.
En materia de asignaciones, prestar asesoría técnica a la Secretaría de Energía (SENER) para ampliar los periodos de exploración y evaluación, así como el periodo determinado para el cumplimiento del Compromiso Mínimo de Trabajo en las actividades de Extracción.
Así como suspender la vigencia de los programas de transición vigentes.
“Con las medidas contenidas en el Acuerdo, la Comisión da por atendidas todas las solicitudes que le fueron presentados por 25 operadores petroleros para suspender sus actividades por causa de ’fuerza mayor’ o ‘caso fortuito’, derivado de la desaceleración económica y a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19. Asimismo, se da por atendidas las 13 solicitudes de prórrogas en los periodos de las actividades de exploración y evaluación de campos petroleros”.
El regulador explicó que el acuerdo es de aplicación para todos los operadores que hayan expresado o consideren encontrarse en estos casos.
Este acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en el DOF, y la CNH notificará a los operadores petroleros mediante publicación en el mismo.
Por último el regulador informó, que la Oficialía de Partes de la CNH se mantiene abierta de lunes a viernes en un horario de las 09:00 a las 15:00 horas, a efecto de recibir cualquier escrito, aviso, documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto que sea solicitado a los servidores públicos.