La sentencia elimina el bloqueo a proyectos de energía renovable a cualquier escala y asegura que debe respetar los derechos humanos de comunidades y pueblos indígenas.
Greenpeace México ganó el amparo en contra del Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, emitido por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) y la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional de la Secretaría de Energía.
La sentencia del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, invalida la totalidad de ambos instrumentos jurídicos, con lo cual se elimina el bloqueo a los proyectos de energía renovable a cualquier escala. Una vez notificadas las autoridades, tendrán 10 días hábiles para recurrir el fallo.
“Celebramos esta decisión judicial porque permite que las energías renovables sigan siendo una alternativa en el país y con ellas, reducir las emisiones que contribuyen al cambio climático. Estas tienen que ser con estricto respeto a derechos humanos por lo que exigimos a las autoridades castigar cualquier irregularidad en los procesos y proyectos sin que esto signifique bloquear las tecnologías renovables. Esta decisión también abre la posibilidad para que la Sener dé un giro en su política energética y apueste por energías renovables en lugar de seguir favoreciendo los combustibles fósiles. Esperamos que su titular Rocío Nahle acepte reunirse con nosotros para escuchar las propuestas de la sociedad civil ”, señaló Pablo Ramírez, especialista en Cambio climático de Greenpeace México.
Si bien el Juzgado de Distrito estima inconstitucionales ambos acuerdos por razones de proceso, ya que el CENACE no era la autoridad competente para emitir el Acuerdo del pasado 29 de abril –sino en todo caso la CRE–, y la Sener debió atender las disposiciones del procedimiento de mejora regulatoria previo a publicar en el Diario Oficial de la Federación su Política de Confiabilidad, la sentencia dictada también considera inválidos ambos acuerdos por la violación al derecho a un medio ambiente sano y los compromisos internacionales.
Para Luis Miguel Cano, consultor legal de Greenpeace México, la sentencia además abona a la obtención de justicia climática, en tanto que se toman en cuenta los riesgos de daños ambientales a mediano y largo plazos, y se decide proteger el patrimonio natural, tanto de las generaciones presentes como futuras.
Los acuerdos combatidos configuraban un riesgo al medio ambiente y a la salud toda vez que fomentaban la producción y uso de energías convencionales que emplean combustibles fósiles, a la par que limitaban la generación de electricidad con energías renovables como el viento y la luz solar. Y dado que las energías fósiles afectan en mayor medida el medio ambiente al ser más contaminantes, generan gases de efecto invernadero y perjudican la salud de las personas, el Juzgado estima que ambos acuerdos constituyen medidas regresivas contrarias al mandato constitucional de sustentabilidad, al mandato de transición energética y a la atención a compromisos internacionales en torno al cambio climático, entre otros.
“Con ello se garantizan los derechos humanos a la salud, a un medio ambiente sano, a la sustentabilidad y a la legalidad”, explicó María Colín, especialista en Derecho Ambiental de Greenpeace México, quien consideró este fallo como una victoria ciudadana que “restablece derechos que habían sido vulnerados por ambos instrumentos jurídicos”.
Cabe recordar que la organización ambientalista también promovió un juicio de amparo en contra del Programa Sectorial de Energía, del cual aún no hay resolución final. Estas acciones jurídicas buscan favorecer la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, en la cual se dé prioridad a los proyectos comunitarios de generación distribuida, es decir, comunidades que utilizan tecnología eólica o fotovoltaica en escalas menores para atender necesidades domésticas, con lo que pueden acceder a un desarrollo sustentable con respeto en todo momento los derechos de los pueblos originarios y comunidades donde pretendan establecerse.
La sentencia elimina el bloqueo a proyectos de energía renovable a cualquier escala y asegura que debe respetar los derechos humanos de comunidades y pueblos indígenas.
Greenpeace México ganó el amparo en contra del Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, emitido por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) y la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional de la Secretaría de Energía.
La sentencia del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, invalida la totalidad de ambos instrumentos jurídicos, con lo cual se elimina el bloqueo a los proyectos de energía renovable a cualquier escala. Una vez notificadas las autoridades, tendrán 10 días hábiles para recurrir el fallo.
“Celebramos esta decisión judicial porque permite que las energías renovables sigan siendo una alternativa en el país y con ellas, reducir las emisiones que contribuyen al cambio climático. Estas tienen que ser con estricto respeto a derechos humanos por lo que exigimos a las autoridades castigar cualquier irregularidad en los procesos y proyectos sin que esto signifique bloquear las tecnologías renovables. Esta decisión también abre la posibilidad para que la Sener dé un giro en su política energética y apueste por energías renovables en lugar de seguir favoreciendo los combustibles fósiles. Esperamos que su titular Rocío Nahle acepte reunirse con nosotros para escuchar las propuestas de la sociedad civil ”, señaló Pablo Ramírez, especialista en Cambio climático de Greenpeace México.
Si bien el Juzgado de Distrito estima inconstitucionales ambos acuerdos por razones de proceso, ya que el CENACE no era la autoridad competente para emitir el Acuerdo del pasado 29 de abril –sino en todo caso la CRE–, y la Sener debió atender las disposiciones del procedimiento de mejora regulatoria previo a publicar en el Diario Oficial de la Federación su Política de Confiabilidad, la sentencia dictada también considera inválidos ambos acuerdos por la violación al derecho a un medio ambiente sano y los compromisos internacionales.
Para Luis Miguel Cano, consultor legal de Greenpeace México, la sentencia además abona a la obtención de justicia climática, en tanto que se toman en cuenta los riesgos de daños ambientales a mediano y largo plazos, y se decide proteger el patrimonio natural, tanto de las generaciones presentes como futuras.
Los acuerdos combatidos configuraban un riesgo al medio ambiente y a la salud toda vez que fomentaban la producción y uso de energías convencionales que emplean combustibles fósiles, a la par que limitaban la generación de electricidad con energías renovables como el viento y la luz solar. Y dado que las energías fósiles afectan en mayor medida el medio ambiente al ser más contaminantes, generan gases de efecto invernadero y perjudican la salud de las personas, el Juzgado estima que ambos acuerdos constituyen medidas regresivas contrarias al mandato constitucional de sustentabilidad, al mandato de transición energética y a la atención a compromisos internacionales en torno al cambio climático, entre otros.
“Con ello se garantizan los derechos humanos a la salud, a un medio ambiente sano, a la sustentabilidad y a la legalidad”, explicó María Colín, especialista en Derecho Ambiental de Greenpeace México, quien consideró este fallo como una victoria ciudadana que “restablece derechos que habían sido vulnerados por ambos instrumentos jurídicos”.
Cabe recordar que la organización ambientalista también promovió un juicio de amparo en contra del Programa Sectorial de Energía, del cual aún no hay resolución final. Estas acciones jurídicas buscan favorecer la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, en la cual se dé prioridad a los proyectos comunitarios de generación distribuida, es decir, comunidades que utilizan tecnología eólica o fotovoltaica en escalas menores para atender necesidades domésticas, con lo que pueden acceder a un desarrollo sustentable con respeto en todo momento los derechos de los pueblos originarios y comunidades donde pretendan establecerse.