Un juez ordenó a SENER resolver sobre unos permisos de importación de combustibles que estaban detenidos bajo el pretexto del COVID-19.
Un juez especializado en materia económica ordenó a la Secretaría de Energía (SENER) la suspensión provisional sobre la suspensión de plazos y términos legales por el combate a la pandemia de COVID-19.
“La suspensión provisional sobre las consecuencias derivadas del acuerdo que modifica los artículos primero y segundo del acuerdo que reforma y adiciona el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del COVID-19”.
El juez consideró que en la solicitud de prórroga para el permiso de importación de hidrocarburos no resulta aplicable la suspensión de plazos y términos legales declarados en el acuerdo.
Además, el juez consideró que la autoridad responsable deberá considerar que estas solicitudes requieren atención inmediata, por su urgencia y relevancia.
Por lo que ordeno a la SENER dar trámite a la solicitud de la empresa una vez sea notificada de la suspensión otorgada.
La SENER está obligada a estudiar la solicitud y en caso de cumplir con los requisitos otorgar el permiso.