Los jueces primero y segundo de distrito en materia administrativa vieron una invasión del poder ejecutivo al limitar a la CRE.
Los jueces primero y segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones otorgan suspensiones provisionales con efectos generales a dos empresas contra la eliminación de la regulación asimétrica contra Pemex.
El juez Juan Pablo Gómez Fierro, dijo en su sentencia que en la eliminación de la regulación asimétrica a la empresa productiva del estado en el mercado de los combustibles, el poder legislativo estaría actuando fuera de los límites de sus facultades, ya que es un tema que compete a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), único organismo especializado en el tema.
“este juzgado de Distrito advierte que el contenido del Decreto por el que se reforma la Ley de Hidrocarburos (LH) podría actualizar una violación al principio de legalidad que se encuentra previsto en el artículo 16 Constitucional, por la posible incompetencia del órgano legislativo para eliminar la regulación asimétrica que fue impuesta a Pemex y sus organismos subsidiarios”.
Gómez Fierro, indicó que con la eliminación del artículo 13 Transitorio de la LH, el legislador ordinario está dando por hecho que se ha logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados.
Sin embargo, aclaró que este tipo de decisiones sólo pueden ser tomadas por la Comisión Reguladora de Energía, con base en sus conocimientos especializados y, luego de realizar un análisis previo del funcionamiento de los mercados.
Los jueces concedieron la suspensión y la eliminación de la regulación asimétrica de precios por parte de Pemex a las empresas Process Full y Lambrucar.
Los jueces pidieron a la CRE, restablecer la regulación como estaba antes de la reforma al 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos, que entró en vigor este en mayo. La medida tendrá efectos generales, es decir, que todas las empresas tendrán el mismo beneficio que aquellas que promovieron el amparo y se les brindó la protección de la justicia.
Sólo quedarán vigentes las medidas asimetricas que aplicó el regulador en 2014 y 2019 contra Pemex, las cuales tiene como objetivo reducir el papel preponderante que tiene la petrolera nacional en el mercado de los combustibles.
Los jueces primero y segundo de distrito en materia administrativa vieron una invasión del poder ejecutivo al limitar a la CRE.
Los jueces primero y segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones otorgan suspensiones provisionales con efectos generales a dos empresas contra la eliminación de la regulación asimétrica contra Pemex.
El juez Juan Pablo Gómez Fierro, dijo en su sentencia que en la eliminación de la regulación asimétrica a la empresa productiva del estado en el mercado de los combustibles, el poder legislativo estaría actuando fuera de los límites de sus facultades, ya que es un tema que compete a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), único organismo especializado en el tema.
“este juzgado de Distrito advierte que el contenido del Decreto por el que se reforma la Ley de Hidrocarburos (LH) podría actualizar una violación al principio de legalidad que se encuentra previsto en el artículo 16 Constitucional, por la posible incompetencia del órgano legislativo para eliminar la regulación asimétrica que fue impuesta a Pemex y sus organismos subsidiarios”.
Gómez Fierro, indicó que con la eliminación del artículo 13 Transitorio de la LH, el legislador ordinario está dando por hecho que se ha logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados.
Sin embargo, aclaró que este tipo de decisiones sólo pueden ser tomadas por la Comisión Reguladora de Energía, con base en sus conocimientos especializados y, luego de realizar un análisis previo del funcionamiento de los mercados.
Los jueces concedieron la suspensión y la eliminación de la regulación asimétrica de precios por parte de Pemex a las empresas Process Full y Lambrucar.
Los jueces pidieron a la CRE, restablecer la regulación como estaba antes de la reforma al 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos, que entró en vigor este en mayo. La medida tendrá efectos generales, es decir, que todas las empresas tendrán el mismo beneficio que aquellas que promovieron el amparo y se les brindó la protección de la justicia.
Sólo quedarán vigentes las medidas asimetricas que aplicó el regulador en 2014 y 2019 contra Pemex, las cuales tiene como objetivo reducir el papel preponderante que tiene la petrolera nacional en el mercado de los combustibles.