La CNH dió opinión técnica favorable a la Secretaría de Energía (SENER) sobre la modificación de 41 Títulos de Asignación.
La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) emitió opinion técnica a favor para que la Secretaría de Energía (SENER) modifique los terminos y condiciones de 17 asignaciones terrestres, 11 en aguas someras y 13 en aguas profundas.
La cambios solicitados por la SENER y autorizados por el regulador son modificar el Anexo 3 “Contenido Nacional” para ser denominado Anexo 3 “Recomendaciones” e incluir un Anexo 4 denominado “Contenido Nacional” (excepto para la Asignación AE-0109-M-Cinturón Subsalino-13).
Al respecto, la CNH consideró adecuado el cambio de denominación por anexo 3 “Recomendaciones”, así como la inclusión de un anexo 4 denominado “Contenido Nacional” en el que se mantenga incluido el porcentaje mínimo de contenido nacional.
Modificar el anexo 1 de los títulos de asignación AE-0133-CUICHAPA y AE-0150-UCHUKIL, para incorporar el área de extracción para los campos Vinik y Paki, respectivamente.
La CNH consideró que el momento procesal adecuado para llevar a cabo la modificación del anexo 1 para los efectos plasmados en la solicitud, es posterior a la presentación y aprobación de los planes de desarrollo para la extracción para los campos Vinik y Paki.
Modificar el anexo 1 del título de asignación AE-0148-M-Uchukil para incorporar el área evaluación para el descubrimiento Camatl-1EXP.
Sobre este asunto, el regulador reiteró lo vertido en la asesoría técnica proporcionada a la SENER, respecto al área de evaluación del descubrimiento Camatl-1EXP, y que corresponde a la considerada posteriormente para la aprobación del programa de evaluación vigente.
Informar si dichas modificaciones impactan en los Planes de Exploración y Extracción correspondientes.
En relación con el posible impacto en los planes y programas que pudiera tener la modificación de los 41 títulos de asignación, la CNH consideró que no existe causa que actualice alguno de los supuestos de modificación, conforme a los artículos 41 y 50 de los lineamientos.