El primer tribunal colegiado especializado en competencia económica revocó otra de la suspensiones contra la reforma a la LIE, sin embargo, las reformas siguen suspendidas.
El primer tribunal colegiado en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones revocó otra de la suspensiones definitivas de la Ley de Industria Eléctrica (LIE) otorgadas por jueces de distrito.
Al igual que el tribunal segundo, los jueces consideraron que los efectos de las modificaciones a la LiE están supeditados a la expedición de regulación secundaria.
“Es decir que su simple entrada en vigor no causa un perjurio contra los participantes del mercado eléctrico”, explicó a Oil & Gas Magazine Julia González, asociada de Energía en González Calvillo.
En la sesión de hoy, el Tribunal Colegiado expuso que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica tiene efectos de realización incierta, y no establece obligaciones o afectaciones directas e inmediatas susceptibles de ser suspendidas.
A pesar de las dos revocaciones las reformas a la LIE permanecen suspendidas con efectos generales hasta que no se resuelvan cerca de 100 suspensiones restantes.
Los jueces primero y segundo de distrito Especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión consideraron que el decreto que reforma la ley, incumple los compromisos de México a nivel internacional en materia ambiental debido a la eliminación de los “Certificados de Energía Limpia (CEL).
Además, considera que se retomaría el papel monopólico de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), lo cual sería violatorio de la Constitución.
El primer tribunal colegiado especializado en competencia económica revocó otra de la suspensiones contra la reforma a la LIE, sin embargo, las reformas siguen suspendidas.
El primer tribunal colegiado en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones revocó otra de la suspensiones definitivas de la Ley de Industria Eléctrica (LIE) otorgadas por jueces de distrito.
Al igual que el tribunal segundo, los jueces consideraron que los efectos de las modificaciones a la LiE están supeditados a la expedición de regulación secundaria.
“Es decir que su simple entrada en vigor no causa un perjurio contra los participantes del mercado eléctrico”, explicó a Oil & Gas Magazine Julia González, asociada de Energía en González Calvillo.
En la sesión de hoy, el Tribunal Colegiado expuso que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica tiene efectos de realización incierta, y no establece obligaciones o afectaciones directas e inmediatas susceptibles de ser suspendidas.
A pesar de las dos revocaciones las reformas a la LIE permanecen suspendidas con efectos generales hasta que no se resuelvan cerca de 100 suspensiones restantes.
Los jueces primero y segundo de distrito Especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión consideraron que el decreto que reforma la ley, incumple los compromisos de México a nivel internacional en materia ambiental debido a la eliminación de los “Certificados de Energía Limpia (CEL).
Además, considera que se retomaría el papel monopólico de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), lo cual sería violatorio de la Constitución.