La BMA asegura que el acuerdo que declara como asunto de interés público y de seguridad nacional los proyectos del gobierno federal es francamente violatorio de la constitución.
La Barra Mexicana de Abogados (BMA) asegura que el Acuerdo declara como asuntos de –interés público y seguridad nacional- los proyectos del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y otros que se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional, es ilegal y violatorio de la constitución.
En dicho acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar la –autorización provisional- (con vigencia de 12 meses) necesaria para iniciar los proyectos u obras referidos en el párrafo anterior, para con ello garantizar su ejecución oportuna. Dicha autorización se otorgará en un plazo de 5 días. Transcurrido dicho plazo sin que haya emitido la autorización se entenderá en sentido positivo.
El señalado Acuerdo resulta francamente violatorio de las siguientes disposiciones constitucionales, la división de poderes en tanto que pretende imponerse indebidamente sobre las leyes emanadas del Congreso de la Unión, por ejemplo: en materia de competencia, medio ambiente, telecomunicaciones, energía, etc.; disposiciones en materia de competencia económica en tanto que, en vez de promover la competitividad, más bien genera una competencia desleal; disposiciones en materia ambiental, particularmente el derecho humano al medio ambiente, la autorización previa en materia de impacto ambiental y disposiciones sobre el desarrollo sustentable; disposiciones en materia de debido proceso; disposiciones en materia de consulta previa, tanto ambiental, como indígena y otros procesos sociales y agrarios; (vdisposiciones en materia de progresividad en materia de derechos humanos.
Adicionalmente, el acuerdo viola disposiciones contenidas en tratados comerciales en lo relativo a competencia económica, medio ambiente, consultas previas, energía, trato justo, debido proceso, entre otras.