La SCJN suspendió el acuerdo que brindaba y daba autorizaciones exprés a obras de AMLO.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió los efectos del acuerdo por el cual se reserva de las obras prioritarias impulsadas por la actual administración, incluyendo las energéticas, pero sólo en término de transparencia.
Un ministro de la Corte concedió la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que, de manera inmediata, deje de surtir efectos el acuerdo.
“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señaló un acuerdo publicado este martes.
El INAI argumentó que el gobierno federal no tiene atribuciones para catalogar las obras prioritarias como de interés público o de seguridad nacional sin cumplir los parámetros establecidos en la ley de la materia.
El 22 de noviembre el gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.
Con este acuerdo, cualquier proyecto que presente la administración de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se le dará un permiso provisional de cualquier dependencia y tendrá cinco días para responder.
La corte consideró que la acción del gobierno federal es un acto que va más allá de la inconstitucionalidad, ya que provoca incertidumbre, inseguridad e impredictibilidad jurídica.
La SCJN suspendió el acuerdo que brindaba y daba autorizaciones exprés a obras de AMLO.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió los efectos del acuerdo por el cual se reserva de las obras prioritarias impulsadas por la actual administración, incluyendo las energéticas, pero sólo en término de transparencia.
Un ministro de la Corte concedió la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que, de manera inmediata, deje de surtir efectos el acuerdo.
“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señaló un acuerdo publicado este martes.
El INAI argumentó que el gobierno federal no tiene atribuciones para catalogar las obras prioritarias como de interés público o de seguridad nacional sin cumplir los parámetros establecidos en la ley de la materia.
El 22 de noviembre el gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.
Con este acuerdo, cualquier proyecto que presente la administración de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se le dará un permiso provisional de cualquier dependencia y tendrá cinco días para responder.
La corte consideró que la acción del gobierno federal es un acto que va más allá de la inconstitucionalidad, ya que provoca incertidumbre, inseguridad e impredictibilidad jurídica.