La SENER publicó una prórroga a la vigencia de la Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo en el país.
El 28 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo”, por un periodo de seis meses a partir de junio y hoy publicó una ampliación por otros seis meses.
“Se prorroga la vigencia de la Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo, publicada el 28 de julio de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, por única ocasión y por un plazo de seis meses, contados a partir del 29 de enero de 2022, situación que deberá ser considerada por la Comisión Reguladora de Energía en términos del artículo 71 de la Ley General de Mejora Regulatoria, a fin de prorrogar el Acuerdo A/024/2021 hasta en tanto mantenga vigencia la Directriz de emergencia”.
De acuerdo con la Secretaría de Energía (SENER) el objetivo de la directriz era “establecer las bases para la atención de emergencia de un problema social y de seguridad nacional surgido por el daño que se ocasionaba día con día al consumidor de gas licuado de petróleo (gas LP) derivado las ventajas excesivas e injustificadas que a partir de la liberalización del precio del gas LP se obtienen en la comercialización y distribución del combustible”.
La SENER considera que durante la vigencia de este mecanismo normativo, “la contención del incremento injustificado del precio de gas LP generó un impacto para que la inflación general no fuera más alta”.
“Esto es, de no haberse contenido el precio, en noviembre de 2021 el precio de gas LP en la Ciudad de México habría alcanzado 29.3 pesos por kilogramo, con lo que su variación anual habría sido 36%; en cambio, la contención de precios llevó a que el precio fuera de solo 23.5 pesos por kilogramo, es decir un incremento de 9% originado exclusivamente por el costo de la materia prima. A nivel nacional la inflación del gas LP fue de 6.9% al cierre de 2021”.
La SENER publicó una prórroga a la vigencia de la Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo en el país.
El 28 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo”, por un periodo de seis meses a partir de junio y hoy publicó una ampliación por otros seis meses.
“Se prorroga la vigencia de la Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo, publicada el 28 de julio de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, por única ocasión y por un plazo de seis meses, contados a partir del 29 de enero de 2022, situación que deberá ser considerada por la Comisión Reguladora de Energía en términos del artículo 71 de la Ley General de Mejora Regulatoria, a fin de prorrogar el Acuerdo A/024/2021 hasta en tanto mantenga vigencia la Directriz de emergencia”.
De acuerdo con la Secretaría de Energía (SENER) el objetivo de la directriz era “establecer las bases para la atención de emergencia de un problema social y de seguridad nacional surgido por el daño que se ocasionaba día con día al consumidor de gas licuado de petróleo (gas LP) derivado las ventajas excesivas e injustificadas que a partir de la liberalización del precio del gas LP se obtienen en la comercialización y distribución del combustible”.
La SENER considera que durante la vigencia de este mecanismo normativo, “la contención del incremento injustificado del precio de gas LP generó un impacto para que la inflación general no fuera más alta”.
“Esto es, de no haberse contenido el precio, en noviembre de 2021 el precio de gas LP en la Ciudad de México habría alcanzado 29.3 pesos por kilogramo, con lo que su variación anual habría sido 36%; en cambio, la contención de precios llevó a que el precio fuera de solo 23.5 pesos por kilogramo, es decir un incremento de 9% originado exclusivamente por el costo de la materia prima. A nivel nacional la inflación del gas LP fue de 6.9% al cierre de 2021”.