El Tercer Tribunal Unitario en materia Penal desechó de plano la demanda de amparo presentada por la UIF.
Hoy, un tribunal federal desechó la impugnación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) contra la orden de liberar al exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, por el caso de Agronitrogenados.
“No genera una transgresión directa al patrimonio de la persona moral ofendida, pues resulta evidente que el imputado sigue sujeto a proceso a través de las medidas cautelares impuestas en la audiencia de veintiocho de julio de dos mil veinte.
“Además, conforme al numeral 155 del citado código, las medidas cautelares no pueden ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o una sanción penal anticipada. Por consiguiente, se actualiza de manera manifiesta e indudable la causal prevista en los citados artículos 61, fracción XXIII, en relación con el 7, de la Ley de Amparo; en tal virtud, se desecha de plano”, señaló el Tribunal.
En consecuencia, la orden de liberar a Lozoya Austin sigue vigente y esta pendiente la resolución del juez en el caso Odebrecht.
Ayer la UIF de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció a través de sus redes sociales que presentó otra solicitud de amparo contra la revocación del exdirector de la empresa productiva del estado por el caso Odebrecht.
Ayer mismo, Emilio Lozoya, ganó la apelación que promovió en contra de la prisión preventiva justificada que se le impuso en noviembre de 2021 a causa del proceso abierto en su contra por el caso Odebrecht.
Hoy por la tarde se realizará una audiencia en el caso Odebrecht, en la que el juez de control deberá revisar nuevamente si el exfuncionario debe o no permanecer en prisión preventiva de oficio.
Si el juez determina que no es necesaria la prisión preventiva entonces el exdirector de Pemex obtendrá la libertad de manera inmediata.
El Tercer Tribunal Unitario en materia Penal desechó de plano la demanda de amparo presentada por la UIF.
Hoy, un tribunal federal desechó la impugnación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) contra la orden de liberar al exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, por el caso de Agronitrogenados.
“No genera una transgresión directa al patrimonio de la persona moral ofendida, pues resulta evidente que el imputado sigue sujeto a proceso a través de las medidas cautelares impuestas en la audiencia de veintiocho de julio de dos mil veinte.
“Además, conforme al numeral 155 del citado código, las medidas cautelares no pueden ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o una sanción penal anticipada. Por consiguiente, se actualiza de manera manifiesta e indudable la causal prevista en los citados artículos 61, fracción XXIII, en relación con el 7, de la Ley de Amparo; en tal virtud, se desecha de plano”, señaló el Tribunal.
En consecuencia, la orden de liberar a Lozoya Austin sigue vigente y esta pendiente la resolución del juez en el caso Odebrecht.
Ayer la UIF de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció a través de sus redes sociales que presentó otra solicitud de amparo contra la revocación del exdirector de la empresa productiva del estado por el caso Odebrecht.
Ayer mismo, Emilio Lozoya, ganó la apelación que promovió en contra de la prisión preventiva justificada que se le impuso en noviembre de 2021 a causa del proceso abierto en su contra por el caso Odebrecht.
Hoy por la tarde se realizará una audiencia en el caso Odebrecht, en la que el juez de control deberá revisar nuevamente si el exfuncionario debe o no permanecer en prisión preventiva de oficio.
Si el juez determina que no es necesaria la prisión preventiva entonces el exdirector de Pemex obtendrá la libertad de manera inmediata.