El Juez Segundo Especializado en Competencia Económica, concedió a la planta de generación de Monterrey la suspensión provisional en el amparo 29/2022.
Un juez federal ordenó hoy mantener vigente, en sus términos, el permiso de generación eléctrica de la empresa Iberdrola Energía Monterrey, para la planta de Dulces Nombres, que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) se negó a renovar en varias ocasiones.
Esto luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) impidiera que se reconecte la planta de generación de energía de la empresa española, ubicada en el municipio de Pesquería, Nuevo León, a pesar de contar con una suspensión otorgada por el juez Primero Especializado en Competencia Económica.
El juez Segundo Especializado en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez, Fierro, concedió a la planta de generación de Monterrey la suspensión provisional en el amparo 29/2022, con lo que dejó sin efectos la resolución RES/472/2021 de la CRE, y ordenó mantener vigente el permiso de generación en la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002.
La CRE ha rechazado las solicitudes de la empresa española para modificar al menos cuatro permisos, lo que ha dejado a algunas plantas en una situación precaria, particularmente a la planta de dos unidades Dulces Nombres, cuyo contrato de interconexión a la red expiró el 31 de enero.
La CFE no ha cumplido con la reconexión ordenada el pasado 22 de marzo, pese a que ya fue presentado un incidente de inejecución, en el que la empresa se queja de la negativa reiterada de CFE Intermediación de Contratos Legados (ICL).
Las dos unidades de la central Dulces Nombres que fueron desconectadas en febrero tras vencer el contrato de interconexión para que pudieran volver a operar.
“Se concede la suspensión provisional para el efecto de que la CRE no ejecute de modo alguno la resolución RES/472/2021 y, a su vez, permita la operación de la fuente de energía así como su interconexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Asimismo, la CRE deberá informar lo anterior a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace)”, resolvió el juez.
El juez argumentó que las empresas que operaban bajo el formato de autoabastecimiento, tienen derecho legal a la modificación de sus permisos, para adecuarlos al régimen de la Ley de la Industria Eléctrica vigente desde 2014.
El Juez Segundo Especializado en Competencia Económica, concedió a la planta de generación de Monterrey la suspensión provisional en el amparo 29/2022.
Un juez federal ordenó hoy mantener vigente, en sus términos, el permiso de generación eléctrica de la empresa Iberdrola Energía Monterrey, para la planta de Dulces Nombres, que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) se negó a renovar en varias ocasiones.
Esto luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) impidiera que se reconecte la planta de generación de energía de la empresa española, ubicada en el municipio de Pesquería, Nuevo León, a pesar de contar con una suspensión otorgada por el juez Primero Especializado en Competencia Económica.
El juez Segundo Especializado en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez, Fierro, concedió a la planta de generación de Monterrey la suspensión provisional en el amparo 29/2022, con lo que dejó sin efectos la resolución RES/472/2021 de la CRE, y ordenó mantener vigente el permiso de generación en la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002.
La CRE ha rechazado las solicitudes de la empresa española para modificar al menos cuatro permisos, lo que ha dejado a algunas plantas en una situación precaria, particularmente a la planta de dos unidades Dulces Nombres, cuyo contrato de interconexión a la red expiró el 31 de enero.
La CFE no ha cumplido con la reconexión ordenada el pasado 22 de marzo, pese a que ya fue presentado un incidente de inejecución, en el que la empresa se queja de la negativa reiterada de CFE Intermediación de Contratos Legados (ICL).
Las dos unidades de la central Dulces Nombres que fueron desconectadas en febrero tras vencer el contrato de interconexión para que pudieran volver a operar.
“Se concede la suspensión provisional para el efecto de que la CRE no ejecute de modo alguno la resolución RES/472/2021 y, a su vez, permita la operación de la fuente de energía así como su interconexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Asimismo, la CRE deberá informar lo anterior a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace)”, resolvió el juez.
El juez argumentó que las empresas que operaban bajo el formato de autoabastecimiento, tienen derecho legal a la modificación de sus permisos, para adecuarlos al régimen de la Ley de la Industria Eléctrica vigente desde 2014.