La Comisión Reguladora de Energía autorizó una regulación para controlar los precios del gas LP, solicitada por la Secretaría de Energía.
Con voto unánime del órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) se autorizó el acuerdo por el que se establece la regulación de precios máximos para el gas LP para venta al usuario final.
Ayer la Secretaría de Energía (SENER) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Directriz de Emergencia para el Bienestar del Consumidor del Gas Licuado de Petróleo (Gas LP).
En el documento la dependencia federal exhortó a la (CRE) a establecer una regulación para establecer precios máximos para el consumidor final del gas LP.
La SENER solicitó al regulador del mercado energético en el país a establecer dicha regulación en un plazo no mayor a tres días, el cual vence mañana.
La propuesta enviada por la CRE a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) contempla las siguientes acciones.
Retomar las 145 regiones de precios, establecidas por la Secretaría de Economía, mismas que se encontraban vigentes hasta el 31 de diciembre de 2016 para fijar precios máximos de Gas LP.
Metodología que toma como referencia la estructura de costos de los permisionarios de Distribución de Gas LP por medio de planta de distribución, al ser la más representativa en el abasto de Gas LP y al contar con la mayor muestra del universo de permisionarios que ofrecen Gas LP al Usuario Final.
Cálculo de precios máximos en función de los servicios asociados a la actividad de Distribución de Gas LP mediante planta, así como por modalidad.
Fijación de precios máximos a partir de una fórmula de precios que incluye, precios de comercialización, costo de flete, un margen e impuestos.
Actualización y publicación semanal de los precios máximos de Gas LP al Consumidor Final.
Monitoreo de precios y reportes de información de volúmenes de venta de Gas LP al Usuario Final, mediante el Acuerdo A/022/2018.