El SAT relajó las reglas para la importación de combustible al país modificadas en junio.
La Secretaría de Hacienda a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó la reglas de comercio exterior para hidrocarburos y petrolíferos, destinadas al combate del huachicol fiscal.
Con la modificación las empresas privadas pueden introducir petrolíferos e hidrocarburos al país, a través de un lugar distinto al autorizado (LDA).
De acuerdo con la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior publicada por el SAT, se modificaron las reglas 2.4.1., y 2.4.2., y se adiciona la regla 2.4.1.1.
En junio de este año, Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior que establece que solo las empresas estatales podrán importar y exportar mercancías de hidrocarburos, petrolíferos, minerales y precursores químicos en un lugar distinto al que tienen autorizado.
Esta decisión por parte del Gobierno Federal restringía a las empresas privadas la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por un punto o puerto distinto al autorizado mientras que las empresas productivas del Estado son las únicas que pueden recibir autorización para importar desde cualquier punto.
Sin embargo, a pesar de la modificación, ahora el SAT incrementó el número de requisitos para obtener la autorización.
Ahora las empresas deberán de acreditar que las unidades de transporte cuentan con cámaras portátiles y un sistema de circuito cerrado de televisión.
Así mismo deberán de conservar las grabaciones por un periodo mínimo de 60 días hábiles.
Las cámaras deberán garantizar la visibilidad de las áreas utilizadas para carga, descarga, entradas y salidas de las instalaciones en todo momento.
El SAT relajó las reglas para la importación de combustible al país modificadas en junio.
La Secretaría de Hacienda a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó la reglas de comercio exterior para hidrocarburos y petrolíferos, destinadas al combate del huachicol fiscal.
Con la modificación las empresas privadas pueden introducir petrolíferos e hidrocarburos al país, a través de un lugar distinto al autorizado (LDA).
De acuerdo con la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior publicada por el SAT, se modificaron las reglas 2.4.1., y 2.4.2., y se adiciona la regla 2.4.1.1.
En junio de este año, Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior que establece que solo las empresas estatales podrán importar y exportar mercancías de hidrocarburos, petrolíferos, minerales y precursores químicos en un lugar distinto al que tienen autorizado.
Esta decisión por parte del Gobierno Federal restringía a las empresas privadas la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por un punto o puerto distinto al autorizado mientras que las empresas productivas del Estado son las únicas que pueden recibir autorización para importar desde cualquier punto.
Sin embargo, a pesar de la modificación, ahora el SAT incrementó el número de requisitos para obtener la autorización.
Ahora las empresas deberán de acreditar que las unidades de transporte cuentan con cámaras portátiles y un sistema de circuito cerrado de televisión.
Así mismo deberán de conservar las grabaciones por un periodo mínimo de 60 días hábiles.
Las cámaras deberán garantizar la visibilidad de las áreas utilizadas para carga, descarga, entradas y salidas de las instalaciones en todo momento.