La SCJN desechó la acción de inconstitucionalidad presentada por Senadores contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, desecho la acción de inconstitucionalidad presentada por 48 Senadores del PRI, PAN, PRD y MC.
El recurso fue desechado debido a que el documento no contenía las firmas originales de los Senadores de la oposición.
Esto situación, sucedió a pesar de que el ministro requirió a los promoventes presentar el documento en original, sin embargo, los legisladores presentaron otro documento con las firmas en copia simple.
“En el escrito con el que se desahoga la prevención, se exhibió un documento que comparte las características de lo que originalmente se depositó, es decir, el texto es el mismo, pero no contiene las firmas autógrafas de sus promoventes; la única diferencia radica en que en la hoja uno aparece el sello de acuse de recibido de tres de junio de dos mil veintiuno de la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, señaló el ministro.
“A pesar de la presentación de ese escrito, ha lugar a desechar de plano la demanda de acción de inconstitucionalidad, ya que existe un motivo manifiesto e indudable de improcedencia”.
El decreto que reforma y modifica la Ley de Hidrocarburos permanece suspendida por tiempo indefinido luego de que los jueces primero y segundo de distrito en Materia Administrativa especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgarán suspensiones definitivas con efectos generales sobre algunos artículos.
La SCJN desechó la acción de inconstitucionalidad presentada por Senadores contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, desecho la acción de inconstitucionalidad presentada por 48 Senadores del PRI, PAN, PRD y MC.
El recurso fue desechado debido a que el documento no contenía las firmas originales de los Senadores de la oposición.
Esto situación, sucedió a pesar de que el ministro requirió a los promoventes presentar el documento en original, sin embargo, los legisladores presentaron otro documento con las firmas en copia simple.
“En el escrito con el que se desahoga la prevención, se exhibió un documento que comparte las características de lo que originalmente se depositó, es decir, el texto es el mismo, pero no contiene las firmas autógrafas de sus promoventes; la única diferencia radica en que en la hoja uno aparece el sello de acuse de recibido de tres de junio de dos mil veintiuno de la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, señaló el ministro.
“A pesar de la presentación de ese escrito, ha lugar a desechar de plano la demanda de acción de inconstitucionalidad, ya que existe un motivo manifiesto e indudable de improcedencia”.
El decreto que reforma y modifica la Ley de Hidrocarburos permanece suspendida por tiempo indefinido luego de que los jueces primero y segundo de distrito en Materia Administrativa especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgarán suspensiones definitivas con efectos generales sobre algunos artículos.