La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la modalidad en el servicio de autotransporte federal de carga de hidrocarburos aplicable para Petróleos Mexicanos (Pemex).
De acuerdo a lo publicado en el DOF, las pipas propiedad de la empresa productiva del estado únicamente deberán de cumplir con las normas oficiales SSP-2008, SCT-2-2010, SCT-2-2011.
Sus conductores deberán de tener licencia de conductor vigente, así como pólizas de seguro de responsabilidad civil y ambiental.
Estas condiciones son muy diferentes a las que necesita una empresa privada a la cual necesita emplacar el vehículo ante la SCT, obtener el permiso ante la CRE, tramitar el permiso ante la ASEA y darse de alta en Pemex.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la modalidad en el servicio de autotransporte federal de carga de hidrocarburos aplicable para Petróleos Mexicanos (Pemex).
De acuerdo a lo publicado en el DOF, las pipas propiedad de la empresa productiva del estado únicamente deberán de cumplir con las normas oficiales SSP-2008, SCT-2-2010, SCT-2-2011.
Sus conductores deberán de tener licencia de conductor vigente, así como pólizas de seguro de responsabilidad civil y ambiental.
Estas condiciones son muy diferentes a las que necesita una empresa privada a la cual necesita emplacar el vehículo ante la SCT, obtener el permiso ante la CRE, tramitar el permiso ante la ASEA y darse de alta en Pemex.