El gobierno federal decretó ayer restricciones a las importaciones de algunos petrolíferos y productos petroquímicos.
Ayer, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), publicó en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto con el que se restringirá temporalmente la importación de mercancías que puedan incentivar el mercado ilícito de combustibles y el contrabando, entre los que se encuentran diversos hidrocarburos, minerales, aceites, entre otros.
¿Pero cuáles son los productos que se verán afectados por esta acción del gobierno federal?
Entre los productos a los que se les restringirá su importación se encuentran productos minerales como el benzol, naftaleno, toluol y xilol, así como aceites crudos de petróleo.
También fueron incluidos en el decreto productos de las industrias químicas o conexas, como hexano, buteno, benceno, y melanol.
Además de:
- Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
- Aceites y demás productos de la destilación de los alquitranes de hulla de alta temperatura; productos análogos en los que los constituyentes aromáticos predominen en peso sobre los no aromáticos.
- Aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso, crudos pesados, medianos y ligeros.
- Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites.
- Gasolina para aviones, gasolina con octanaje inferior a 87.
- Tetrámero de propileno, hexano; heptano.
- Aceites de engrase o preparaciones lubricantes a base de aceites minerales derivados del petróleo, con aditivos (aceites lubricantes terminados).
- Aceites minerales puros del petróleo, sin aditivos (aceites lubricantes básicos), en carro-tanque, buque-tanque o auto-tanque.
- Grasas lubricantes.
- Fueloil (combustóleo).
- Coque de petróleo, betún de petróleo y demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso
- Hidrocarburos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados
Biodiésel y sus mezclas, sin aceites de petróleo o de mineral bituminoso o con un contenido inferior al 70% en peso. - Biodiésel y sus mezclas, sin aceites de petróleo o de mineral bituminoso o con un contenido inferior al 70% en peso de estos aceites.
El gobierno federal decretó ayer restricciones a las importaciones de algunos petrolíferos y productos petroquímicos.
Ayer, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), publicó en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto con el que se restringirá temporalmente la importación de mercancías que puedan incentivar el mercado ilícito de combustibles y el contrabando, entre los que se encuentran diversos hidrocarburos, minerales, aceites, entre otros.
¿Pero cuáles son los productos que se verán afectados por esta acción del gobierno federal?
Entre los productos a los que se les restringirá su importación se encuentran productos minerales como el benzol, naftaleno, toluol y xilol, así como aceites crudos de petróleo.
También fueron incluidos en el decreto productos de las industrias químicas o conexas, como hexano, buteno, benceno, y melanol.
Además de:
- Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
- Aceites y demás productos de la destilación de los alquitranes de hulla de alta temperatura; productos análogos en los que los constituyentes aromáticos predominen en peso sobre los no aromáticos.
- Aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso, crudos pesados, medianos y ligeros.
- Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites.
- Gasolina para aviones, gasolina con octanaje inferior a 87.
- Tetrámero de propileno, hexano; heptano.
- Aceites de engrase o preparaciones lubricantes a base de aceites minerales derivados del petróleo, con aditivos (aceites lubricantes terminados).
- Aceites minerales puros del petróleo, sin aditivos (aceites lubricantes básicos), en carro-tanque, buque-tanque o auto-tanque.
- Grasas lubricantes.
- Fueloil (combustóleo).
- Coque de petróleo, betún de petróleo y demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso
- Hidrocarburos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados
Biodiésel y sus mezclas, sin aceites de petróleo o de mineral bituminoso o con un contenido inferior al 70% en peso. - Biodiésel y sus mezclas, sin aceites de petróleo o de mineral bituminoso o con un contenido inferior al 70% en peso de estos aceites.