La CRE revocó 205 permisos de gas LP por inactividad de los permisionarios, conforme a la Ley de Hidrocarburos y regulaciones aplicables.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo A/077/2023, por el que se declara la caducidad de 205 permisos de diversas actividades de gas licuado de petróleo, de conformidad con el artículo 55, fracción I, inciso b) de la Ley de Hidrocarburos.
La CRE, llevó a cabo una revisión exhaustiva de los permisos otorgados para el transporte, distribución y expendio de gas LP. Esta revisión, fundamentada en la Ley de Hidrocarburos y su reglamento, así como en las facultades conferidas al regulador por la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, identificó a 205 permisionarios que no cumplieron con sus obligaciones, específicamente en la realización activa de las actividades permisionadas.
La evaluación realizada por la Unidad de Hidrocarburos de la CRE reveló la ausencia de constancia o registro que demostrara la realización de las actividades permisionadas por un período continuo de al menos 365 días naturales. Esta inactividad se constató a través del análisis de expedientes electrónicos y físicos correspondientes al período del 1 de enero de 2022 al 14 de julio de 2023.
La falta de actividad por parte de los permisionarios constituye un incumplimiento a las condiciones establecidas en sus títulos de permiso, lo que lleva a la CRE a considerar la caducidad de estos permisos como mecanismo de terminación. La caducidad, definida en la Ley de Hidrocarburos, se aplica cuando no se ejercen los derechos conferidos en el permiso dentro de un plazo establecido o, en su defecto, por un periodo consecutivo de 365 días naturales. Esta medida busca asegurar que solo aquellos permisionarios activos y cumplidores de sus obligaciones continúen operando en el mercado.
Ante la evidencia de inactividad, la CRE otorgó a los permisionarios afectados la oportunidad de demostrar la realización de sus actividades mediante la presentación de documentación pertinente. Sin embargo, ninguno logró desvirtuar la presunción de inactividad. Este proceso de garantía de audiencia refleja el compromiso de la CRE con el debido proceso y el respeto a los derechos de los permisionarios.
Como resultado, la CRE declaró la caducidad de los 205 permisos, concluyendo que los permisionarios no ejercieron los derechos conferidos por un periodo consecutivo mínimo de 365 días naturales, evidenciando así una omisión en el ejercicio de sus actividades permisionadas. Esta decisión se alinea con los objetivos de regulación, supervisión y vigilancia de la CRE, asegurando que el mercado de Gas LP opere de manera eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.
La CRE revocó 205 permisos de gas LP por inactividad de los permisionarios, conforme a la Ley de Hidrocarburos y regulaciones aplicables.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo A/077/2023, por el que se declara la caducidad de 205 permisos de diversas actividades de gas licuado de petróleo, de conformidad con el artículo 55, fracción I, inciso b) de la Ley de Hidrocarburos.
La CRE, llevó a cabo una revisión exhaustiva de los permisos otorgados para el transporte, distribución y expendio de gas LP. Esta revisión, fundamentada en la Ley de Hidrocarburos y su reglamento, así como en las facultades conferidas al regulador por la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, identificó a 205 permisionarios que no cumplieron con sus obligaciones, específicamente en la realización activa de las actividades permisionadas.
La evaluación realizada por la Unidad de Hidrocarburos de la CRE reveló la ausencia de constancia o registro que demostrara la realización de las actividades permisionadas por un período continuo de al menos 365 días naturales. Esta inactividad se constató a través del análisis de expedientes electrónicos y físicos correspondientes al período del 1 de enero de 2022 al 14 de julio de 2023.
La falta de actividad por parte de los permisionarios constituye un incumplimiento a las condiciones establecidas en sus títulos de permiso, lo que lleva a la CRE a considerar la caducidad de estos permisos como mecanismo de terminación. La caducidad, definida en la Ley de Hidrocarburos, se aplica cuando no se ejercen los derechos conferidos en el permiso dentro de un plazo establecido o, en su defecto, por un periodo consecutivo de 365 días naturales. Esta medida busca asegurar que solo aquellos permisionarios activos y cumplidores de sus obligaciones continúen operando en el mercado.
Ante la evidencia de inactividad, la CRE otorgó a los permisionarios afectados la oportunidad de demostrar la realización de sus actividades mediante la presentación de documentación pertinente. Sin embargo, ninguno logró desvirtuar la presunción de inactividad. Este proceso de garantía de audiencia refleja el compromiso de la CRE con el debido proceso y el respeto a los derechos de los permisionarios.
Como resultado, la CRE declaró la caducidad de los 205 permisos, concluyendo que los permisionarios no ejercieron los derechos conferidos por un periodo consecutivo mínimo de 365 días naturales, evidenciando así una omisión en el ejercicio de sus actividades permisionadas. Esta decisión se alinea con los objetivos de regulación, supervisión y vigilancia de la CRE, asegurando que el mercado de Gas LP opere de manera eficiente, segura y conforme a la normativa vigente.