La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá buscar y dar a conocer el documento que informe el costo y beneficio del proyecto de inversión de infraestructura económica denominado “Reserva para Ingeniería, Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez destacó que el caso de la refinería Dos Bocas puede ser paradigma de la “transparencia total” que comprometió el presidente López Obrador.
“Todas las autoridades competentes en el caso Dos Bocas podrían proporcionar información pública sobre cada etapa del proyecto para tener un lenguaje común y vislumbrar la posibilidad de zanjar el debate y, sobre todo, dar certeza a los habitantes de lugares aledaños a donde se ubicará la refinería, a los inversionistas y a la población en general de que realizan los estudios necesarios para respaldar las acciones que potenciarán el sector, sin poner en riesgo la sustentabilidad del mismo a nivel ambiental y económico”, enfatizó.
Salas Suárez recordó que la legislación en la materia prescribe claramente las obligaciones de transparencia que deben ser cubiertas por las dependencias y entidades sobre la planeación y ejecución de los programas y proyectos de inversión registrados en la cartera de inversión, para facilitar el seguimiento y el control de los mismos.
“Para avanzar hacia la transparencia total son necesarias estrategias de transparencia proactiva. Los mexicanos desean saber qué proyectos se financian con el dinero público y cuáles son sus costos y beneficios. Por esta razón, algunos solicitan conocer más allá de la información contenida en la cartera de inversión pública, ejerciendo su derecho de acceso a la información”, manifestó.
En una solicitud de acceso, un particular requirió, entre otra información, dicha documental, respecto al proyecto de inversión de la “Refinería Dos Bocas en Tabasco”.
En respuesta, el sujeto obligado indicó que no se encontraba registrado algún programa o proyecto de inversión con el nombre o características de “Refinería Dos Bocas”, por lo que sugirió remitir la solicitud a Petróleos Mexicanos (Pemex).
Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó como agravio la inexistencia de la información, pues a su consideración la dependencia tiene la obligación de contar con un registro del proyecto de inversión de la “Refinería Dos Bocas en Tabasco”.
En alegatos, la SHCP, a través de la Unidad de Inversiones, señaló que, de una búsqueda en sus archivos, no se encontró algún programa o proyecto registrado con el nombre o características referidas por el particular.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez advirtió que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que, para la programación de recursos destinados a programas y proyectos de inversión, así como para el registro en la cartera que integra la SHCP, las dependencias y entidades presentarán a ésta su evaluación costo y beneficio.
Por otra parte, tras una búsqueda de información pública, la ponencia localizó el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, publicado por el sujeto obligado, el cual contempla el proyecto de inversión de infraestructura económica denominado “Reserva para Ingeniería, Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”.
En ese sentido, se consideró que el proyecto de inversión requerido por el particular, podría encontrarse registrado dentro de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión de la SHCP.
Se advirtió que el sujeto obligado no adoptó un criterio amplio de búsqueda, pues basó la inexistencia de la información en los documentos relacionados con el costo y beneficio del proyecto de inversión “Refinería Dos Bocas en Tabasco”, cuando debió realizar una interpretación amplia de la solicitud y entender que se requería el costo y beneficio del proyecto de inversión de infraestructura económica “Reserva para ingeniería, Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”.
Por tanto, se enfatizó, el procedimiento de búsqueda efectuado, así como su manifestación de inexistencia, no pueden validarse, ya que contravienen el principio de exhaustividad.
Por lo anterior, el Pleno del INAI, por unanimidad, determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva, con criterio amplio, dentro de la Unidad de Inversiones, a efecto de localizar el documento que informe sobre el costo y beneficio del proyecto de inversión “Reserva para Ingeniería. Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá buscar y dar a conocer el documento que informe el costo y beneficio del proyecto de inversión de infraestructura económica denominado “Reserva para Ingeniería, Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez destacó que el caso de la refinería Dos Bocas puede ser paradigma de la “transparencia total” que comprometió el presidente López Obrador.
“Todas las autoridades competentes en el caso Dos Bocas podrían proporcionar información pública sobre cada etapa del proyecto para tener un lenguaje común y vislumbrar la posibilidad de zanjar el debate y, sobre todo, dar certeza a los habitantes de lugares aledaños a donde se ubicará la refinería, a los inversionistas y a la población en general de que realizan los estudios necesarios para respaldar las acciones que potenciarán el sector, sin poner en riesgo la sustentabilidad del mismo a nivel ambiental y económico”, enfatizó.
Salas Suárez recordó que la legislación en la materia prescribe claramente las obligaciones de transparencia que deben ser cubiertas por las dependencias y entidades sobre la planeación y ejecución de los programas y proyectos de inversión registrados en la cartera de inversión, para facilitar el seguimiento y el control de los mismos.
“Para avanzar hacia la transparencia total son necesarias estrategias de transparencia proactiva. Los mexicanos desean saber qué proyectos se financian con el dinero público y cuáles son sus costos y beneficios. Por esta razón, algunos solicitan conocer más allá de la información contenida en la cartera de inversión pública, ejerciendo su derecho de acceso a la información”, manifestó.
En una solicitud de acceso, un particular requirió, entre otra información, dicha documental, respecto al proyecto de inversión de la “Refinería Dos Bocas en Tabasco”.
En respuesta, el sujeto obligado indicó que no se encontraba registrado algún programa o proyecto de inversión con el nombre o características de “Refinería Dos Bocas”, por lo que sugirió remitir la solicitud a Petróleos Mexicanos (Pemex).
Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó como agravio la inexistencia de la información, pues a su consideración la dependencia tiene la obligación de contar con un registro del proyecto de inversión de la “Refinería Dos Bocas en Tabasco”.
En alegatos, la SHCP, a través de la Unidad de Inversiones, señaló que, de una búsqueda en sus archivos, no se encontró algún programa o proyecto registrado con el nombre o características referidas por el particular.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas Suárez advirtió que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que, para la programación de recursos destinados a programas y proyectos de inversión, así como para el registro en la cartera que integra la SHCP, las dependencias y entidades presentarán a ésta su evaluación costo y beneficio.
Por otra parte, tras una búsqueda de información pública, la ponencia localizó el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, publicado por el sujeto obligado, el cual contempla el proyecto de inversión de infraestructura económica denominado “Reserva para Ingeniería, Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”.
En ese sentido, se consideró que el proyecto de inversión requerido por el particular, podría encontrarse registrado dentro de la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión de la SHCP.
Se advirtió que el sujeto obligado no adoptó un criterio amplio de búsqueda, pues basó la inexistencia de la información en los documentos relacionados con el costo y beneficio del proyecto de inversión “Refinería Dos Bocas en Tabasco”, cuando debió realizar una interpretación amplia de la solicitud y entender que se requería el costo y beneficio del proyecto de inversión de infraestructura económica “Reserva para ingeniería, Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”.
Por tanto, se enfatizó, el procedimiento de búsqueda efectuado, así como su manifestación de inexistencia, no pueden validarse, ya que contravienen el principio de exhaustividad.
Por lo anterior, el Pleno del INAI, por unanimidad, determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva, con criterio amplio, dentro de la Unidad de Inversiones, a efecto de localizar el documento que informe sobre el costo y beneficio del proyecto de inversión “Reserva para Ingeniería. Procura y Construcción de la Nueva Refinería Dos Bocas en Paraíso, Tabasco”.