El decreto que reduce las importaciones de hidrocarburos establece tiempos a los que no puede responder la misma autoridad.
Norma Álvarez, abogada experta en derecho energético y regulatorio, de sustentabilidad e infraestructura de la firma legal Santamarina y Steta describió las razones por las que el reciente decreto de restricción temporal para la importación de hidrocarburos, conocido como antihuachicol, el cual ahora se endurece con nuevas disposiciones reglamentarias, complica al grado de imposibilidad los trámites para que operen los importadores de 68 productos.
“Si bien es cierto que el decreto y las disposiciones reglamentarias buscan prevenir el tráfico ilícito de hidrocarburos (en lo que todos coincidimos) la forma en que lo están haciendo no es la adecuada porque le están sobrecargando al permisionario con obligaciones que no necesariamente van a traducirse en el abatimiento de robos y otros actos ilícitos” dijo.
La experta explicó que la preocupación radica en que quienes tienen autorización temporal tendrán vencimientos que oscilan entre finales de diciembre del 2023 y principios de enero del 2024, con una ventana de 12 días para obtener sus nuevos permisos, los cuales ya serán exigibles el 19 de diciembre. En esas circunstancias, existe una amenaza real para detener sus operaciones.
“Esto sin contar con que, según el decreto y disposiciones anexas, además deberán cubrirse los requisitos que establezcan otras instancias, como la Secretarías de Economía, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el SAT, la Agencia Nacional de Aduanas, la Comisión Reguladora de Energía, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente y la Procuraduría de Protección al Ambiente, las cuales hasta el momento no se han dado a conocer. Para colmo, sendas dependencias ya anunciaron la suspensión de labores para el 21 de diciembre. Esta ventana tan corta entre la presentación de solicitudes y resoluciones de autoridades perfilan un lapso importante de suspensión y puede generar un problema que va a suscitarse en las aduanas”, comentó.
Norma Álvarez añadió otras dos posibles barreras que son de gran preocupación para los importadores. La primera es una parte del decreto en la que SENER puede solicitar en cualquier momento a cualquier dependencia o tercero, información relativa a la cadena de valor del petrolífero que se va a importar. Y también en relación con el solicitante, para determinar si se otorga el permiso. “El problema es que cualquier tercero puede opinar sin que necesariamente tenga toda la información del permisionario, lo cual afecta directamente el principio de legalidad y de certeza jurídica. Cualquiera puede opinar sin estar informado de la actividad e influir en una negación del permiso. Consultas como estas ya están afectando la parte eléctrica. Lo vemos con gran preocupación, porque esta presión puede llevar a una lluvia de amparos y a la judicialización, como está ocurriendo en el sector eléctrico” subrayó.
La segunda barrera es la negativa ficta, establecida en el acuerdo complementario. Esta consiste en que si la autoridad no resuelve en el tiempo fijado, se confirma la negativa.“Se puede volver a solicitar el permiso, pero el permisionario obtiene la negativa ficta sin enterarse. Esta disposición genera más incertidumbre y retrasos en trámites con consecuencias que pueden resultar muy graves para la industria y el abastecimiento. Lamentamos que se sobre-regule para importadores que ya están cumpliendo con la ley, mientras se abandonan las medidas de vigilancia, que sí pueden ser efectivas contra el huachicoleo”, concluyó.
El decreto que reduce las importaciones de hidrocarburos establece tiempos a los que no puede responder la misma autoridad.
Norma Álvarez, abogada experta en derecho energético y regulatorio, de sustentabilidad e infraestructura de la firma legal Santamarina y Steta describió las razones por las que el reciente decreto de restricción temporal para la importación de hidrocarburos, conocido como antihuachicol, el cual ahora se endurece con nuevas disposiciones reglamentarias, complica al grado de imposibilidad los trámites para que operen los importadores de 68 productos.
“Si bien es cierto que el decreto y las disposiciones reglamentarias buscan prevenir el tráfico ilícito de hidrocarburos (en lo que todos coincidimos) la forma en que lo están haciendo no es la adecuada porque le están sobrecargando al permisionario con obligaciones que no necesariamente van a traducirse en el abatimiento de robos y otros actos ilícitos” dijo.
La experta explicó que la preocupación radica en que quienes tienen autorización temporal tendrán vencimientos que oscilan entre finales de diciembre del 2023 y principios de enero del 2024, con una ventana de 12 días para obtener sus nuevos permisos, los cuales ya serán exigibles el 19 de diciembre. En esas circunstancias, existe una amenaza real para detener sus operaciones.
“Esto sin contar con que, según el decreto y disposiciones anexas, además deberán cubrirse los requisitos que establezcan otras instancias, como la Secretarías de Economía, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el SAT, la Agencia Nacional de Aduanas, la Comisión Reguladora de Energía, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente y la Procuraduría de Protección al Ambiente, las cuales hasta el momento no se han dado a conocer. Para colmo, sendas dependencias ya anunciaron la suspensión de labores para el 21 de diciembre. Esta ventana tan corta entre la presentación de solicitudes y resoluciones de autoridades perfilan un lapso importante de suspensión y puede generar un problema que va a suscitarse en las aduanas”, comentó.
Norma Álvarez añadió otras dos posibles barreras que son de gran preocupación para los importadores. La primera es una parte del decreto en la que SENER puede solicitar en cualquier momento a cualquier dependencia o tercero, información relativa a la cadena de valor del petrolífero que se va a importar. Y también en relación con el solicitante, para determinar si se otorga el permiso. “El problema es que cualquier tercero puede opinar sin que necesariamente tenga toda la información del permisionario, lo cual afecta directamente el principio de legalidad y de certeza jurídica. Cualquiera puede opinar sin estar informado de la actividad e influir en una negación del permiso. Consultas como estas ya están afectando la parte eléctrica. Lo vemos con gran preocupación, porque esta presión puede llevar a una lluvia de amparos y a la judicialización, como está ocurriendo en el sector eléctrico” subrayó.
La segunda barrera es la negativa ficta, establecida en el acuerdo complementario. Esta consiste en que si la autoridad no resuelve en el tiempo fijado, se confirma la negativa.“Se puede volver a solicitar el permiso, pero el permisionario obtiene la negativa ficta sin enterarse. Esta disposición genera más incertidumbre y retrasos en trámites con consecuencias que pueden resultar muy graves para la industria y el abastecimiento. Lamentamos que se sobre-regule para importadores que ya están cumpliendo con la ley, mientras se abandonan las medidas de vigilancia, que sí pueden ser efectivas contra el huachicoleo”, concluyó.